Impuestos
EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS
| I - INTRODUCCIONPara llegar a la determinación de los resultados de la tercera categoría debemos partir de la conceptuación de "ganancia" con carácter general en la forma y condiciones que la ley determina, es decir, qué debe entenderse como tal en su contexto con independencia de toda otra consideración de carácter técnico oeconómico que ella no contemple explícitamente. Se trata de limitar o sujetar el concepto de ganancia dentro de los parámetros que la ley establece explícitamente en cada caso.I - EL CONCEPTO DE GANANCIA EN EL TEXTO LEGAL La ley del impuesto a las ganancias globaliza el concepto de tales, particularmente en el apartado 2 del artículo 2º entendiendo como tales "...los rendimientos, rentas, beneficioso enriquecimientos que cumplan o no las condiciones del apartado anterior (susceptibles de una periodicidad que implique la permanencia de la fuente que las produce y su habilitación), obtenidos por los responsables incluidos en el artículo 69 y todos los que deriven de las demás empresas o explotaciones unipersonales...".La norma del artículo 51 establece que "cuando las ganancias provengan dela enajenación de bienes de cambio, se entenderá por ganancia bruta el total de las ventas netas menos el costo que se determine por aplicación de los artículos siguientes"."Se considerará ventas netas el valor que resulte de deducir de las ventas brutas las devoluciones, bonificaciones, descuentos u otros conceptos similares, de acuerdo con las costumbres de plaza."A su vez, el artículo 3º fija elconcepto de enajenación más amplia que el que fluye del artículo 51, entendiendo como tal la venta, permuta, cambio, expropiación, el aporte a sociedades y, en general, todo acto de disposición por el que se transmita el dominio a título oneroso.A las ganancias brutas determinadas para la realización de bienes de cambio, según recordáramos en el artículo 51, corresponde deducírsele "...los gastosnecesarios para obtenerla o, en su caso, mantener y conservar la fuente, cuya deducción admita esta ley, en la forma que la misma disponga" (art. 17).Al respecto, la ley en su artículo 81 establece con claridad que "de la ganancia del año fiscal, cualquiera fuese la fuente de ganancia y con las limitaciones contenidas en esta ley, se podrá deducir..."; enumera al efecto en sus ocho incisos unaserie de conceptos que junto con otros enunciados en el artículo 82 para las cuatro categorías de ganancias y en el artículo 87 específico para la tercera categoría, los cuales -aun cuando no merezcan idéntico tratamiento dentro de las normas profesionales- resultan deducibles de los resultados del ejercicio fiscal de las empresas en los que se devenguen de acuerdo con dichas normas y con lopautado, además, por el artículo 18 de la ley.En consecuencia, la ley, optando por una alternativa que podríamos calificar como financiera o, mejor dicho, consuntiva, asume la absorción de tales gastos en los resultados del ejercicio en que se producen con independencia de su probable vinculación o anexión a rubros o conceptos del activo tales como el que integran los bienes de cambio, de acuerdo conotros enfoques tales como los que le asignen ciertas disposiciones dictadas por ciertos entes de control o las determinadas para la profesión contable. Este criterio es de suma importancia, dado que en caso de disposiciones de organismos de control, éstas apuntan a otros objetivos diferentes de los tributariosII - LAS GANANCIAS DE LA TERCERA CATEGORIA. ENAJENACION DE BIENES DE CAMBIOSin perjuicio dela globalidad que informa el texto legal (art. 49) en cuanto a la integración de las ganancias de la tercera categoría, encuadrando como tales las provenientes de todo tipo de empresas -bajo modalidades societarias o no incluyendo las de carácter unipersonal-, corresponde concentrarse en el análisis de los mecanismos previstos para la determinación de los resultados cuando estos derivan de la...
Regístrate para leer el documento completo.