Impuestos
IMPUESTO UNIFICADO DE VEHÍCULOS
ARTÍCULO 89.- BENEFICIARIO DEL IMPUESTO.- La renta de los vehículos automotores corresponderá al municipio según el domicilio principal de vehículos en las condiciones y términos establecidos en la Ley 488 de 1998, y las que la modifiquen
ARTÍCULO 90.- HECHO GENERADOR.- Constituye hecho generador del impuesto la propiedad oposesión de los vehículos gravados con domicilio en el Municipio de Duitama. Dichos vehículos serán gravados según lo establecido en el artículo 141 de la Ley 488 de 1998, y las que la modifiquen.
ARTÍCULO 91.- SUJETO PASIVO.- Es el propietario o poseedor de los vehículos gravados.
ARTÍCULO 92.- BASE GRAVABLE.- Está constituida por el valor comercial de los vehículos gravados,establecido anualmente mediante resolución, expedida en el año inmediatamente anterior al gravable, por el Ministerio de Transporte.
ARTÍCULO 93. TARIFAS.- Las tarifas aplicables a los vehículos gravados serán según su valor comercial y los valores serán reajustados anualmente por el Gobierno Nacional.
El Municipio será beneficiario del 20% del valor total cancelado por impuesto, sanciones eintereses que recaude el Departamento.
ARTICULO 94. DECLARACIÓN Y PAGO.- El impuesto de vehículos automotores se declarará y pagará anualmente, ante los departamentos, según el lugar donde se encuentre matriculado el respectivo vehículo.
El impuesto será administrado por los departamentos. Se pagará dentro de los plazos y en las instituciones financieras que para el efecto éstas señalen.
Lainstitución financiera consignará en las respectivas cuentas el monto correspondiente al municipio (20%) y al departamento (80%).
ARTÍCULO 95.- ADMINISTRACIÓN Y CONTROL El recaudo, fiscalización liquidación, discusión, cobro, y devolución de impuestos sobre vehículos automotores es competencia del Departamento.
El municipio podrá efectuar un censo de vehículos gravados, cuyos propietarios oposeedores residan en la jurisdicción del mismo.
El municipio deberá efectuar campañas que motiven a los responsables de los vehículos gravados o matriculados en otro municipio del país para que al momento de declarar y pagar la obligación informen en la declaración la dirección y trasladen la cuenta para el Municipio de Duitama.
El municipio informará a la Secretaria de HaciendaDepartamental para identificar las entidades financieras autorizadas con convenio para la recepción de las declaraciones y pagos del impuesto. Además informará a cada entidad financiera recaudadora (o directamente a la Secretaria Departamental) el número de cuenta y entidad financiera ante la cual deben consignarle a favor del municipio el 20% que le corresponde.
De igual forma el municipio deberá hacerlesaber a cada entidad financiera recaudadora la dirección a la cual ésta deberá remitirle al municipio copia de la declaración del impuesto.
El municipio controlará el envió periódico, por parte de las entidades recaudadoras de las copias de las declaraciones en las que el contribuyente declarante informó la del Municipio de Duitama y verificar en cada una de ellas la liquidación correcta delporcentaje que le corresponde del Impuesto, así como la sumatoria de los valores liquidados en todas las declaraciones frente a las consignaciones efectuadas por cada entidad recaudadora en la cuenta informada.
Si el Municipio encuentra inexactitudes en las declaraciones, susceptibles de corrección aritmética u otras que perjudiquen al Municipio de Duitama respecto de su participación en elrecaudo, informará de ello al Departamento, ante quien presento la declaración pues es solo él quien puede requerir al contribuyente para que corrija o en dado caso iniciar un proceso de determinación oficial del tributo
GUIAS DE MOVILIZACION DE GANADO
GUIAS DE MOVILIZACION DE GANADO
ARTÍCULO 344.- HECHO GENERADOR.- Lo constituye la movilización y transporte de ganados.
ARTÍCULO...
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