Incentivos
VICERRECTORÍA DE ACCIÓN SOCIAL
En cada unidad académica existirá una Comisión de Acción Social integrada, al menos, por tres profesores (as) que esténrealizando o hayan realizado proyectos de acción social en sus diversas modalidades. En el caso de centros e institutos de investigación, en la práctica, en muchos de ellos, el Consejo Científico haasumido esta función, y esto ha contado con el aval de la Vicerrectoría de Acción Social.
La Comisión contará con un Coordinador o una Coordinadora de Acción Social que la dirección de la unidadacadémica designe, quien deberá ser profesor (a) en Régimen Académico, preferiblemente con experiencia en acción social y con el mayor rango académico posible.
La dirección de la unidadacadémica podrá asignar carga académica, tanto a las personas que integran la Comisión como al Coordinador o Coordinadora de Acción Social, de acuerdo con lo establecido en el “Sistema para la asignaciónde cargas académicas”.
Las funciones de la Comisión de Acción Social son las siguientes:
1. Planear la acción social y formular, anualmente, dentro del plan operativo de su unidad académica,el programa correspondiente y, una vez avalado por la dirección de la unidad, someterlo a conocimiento de la Vicerrectoría de Acción Social; también informar del avance del programa y de susresultados.
2. Programar, analizar, controlar y evaluar la formulación y ejecución de programas y proyectos de acción social, y elevar sus dictámenes a la dirección de la unidad académica para eltrámite respectivo ante la Vicerrectoría de Acción Social. Para ello deberá:
a) Evaluar y aprobar, en primera instancia, los programas y proyectos nuevos de acción social que presenten losprofesores o las profesoras, de acuerdo con los aspectos que estipula la “Guía para la formulación de proyectos”.
b) Evaluar y aprobar, en primera instancia, las solicitudes de ampliación o...
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