Incidente Del Embargo Inmobiliario
Definición de incidente del embargo inmobiliario:
Es toda contestación accesoria al proceso del embargo inmobiliario que pueda influir sobre éste. Esa es una definición general.
Actualmente la mayoría de la doctrina y la jurisprudencia admite como incidentes de embargo inmobiliario cualquier actuación procesal, vinculada al fondo o a laforma, a condición de que pueda tener incidencia en el desarrollo normal del procedimiento del embargo. Estas actuaciones procesales pueden ser interpuestas por una cualquiera de las partes interesadas y, excepcionalmente, por una persona ajena al procedimiento.
Se consideran incidentes de forma los que están vinculados a las irregularidades que se comentan en los actos procesales que forman partedel embargo. Mientras, los de fondos están relacionados con el derecho de propiedad, la capacidad del embargante o del embargado, la inembargabilidad del inmueble, la ausencia o deficiencia del título ejecutorio, entre otros.
CARÁCTER DE LA ENUMERACIÓN LEGISLATIVA DE LOS INCIDENTES
Actualmente el Código de Procedimiento Civil enumera siete incidentes: laacumulación de embargo, la subrogación en las persecuciones, la radiación del embargo, la demanda en distracción, las nulidades del procedimiento, la falsa subasta y la conversión del embargo en venta voluntaria. El Procedimiento.
En materia común, los incidentes o las demandas incidentales se introducen sin mucha formalidad. Una demanda en intervención (art. 339 y 340 del código),sólo hay que depositar un escrito en el tribunal y notificar a las demás partes de ese depósito. La mayoría de los incidentes se proponen mediante conclusiones en audiencia.
Pero en materia de las demandas incidentales del embargo inmobiliario están sometidas a un proceso especial establecido en el art. 718 del código. Son demandas que se notifican de abogado a abogado. Están sometidas a lafijación de audiencia, el llamamiento a audiencia está sometido a algunos plazos.
Si usted va a intentar una demanda incidental, se tiene que llamar a audiencia a la otra parte en un plazo no mayor de 8 días francos y no menos de tres, esto implica que antes de demandar hay que ir al tribunal a solicitar una fijación de audiencia, y decirle al tribunal la razón de la brevedad de los plazos.Si el procedimiento de embargo inmobiliario está siguiendo su curso normal, lógicamente el incidente lo que busca es afectar la persecución, lo principal que es la venta en pública subasta. Esas demandas incidentales, lógicamente se presentan antes de la venta en pública subasta.
La demanda no es un emplazamiento, sino una citación a audiencia.
En este procedimiento de incidentes, enprincipio solamente se celebra esa única audiencia a la que hay el llamamiento (no hay envío de documentos, para comparecencia, para informativos, ni nada). Esto no implica que las partes no puedan hacer valer documentos. Lo que ocurre es que ese llamamiento a audiencia debe contener intimación al abogado de la parte demandada incidentalmente a tomar comunicación de los documentos que la partedemandante incidental haya depositado en la secretaria del tribunal.
El acto de abogado a abogado no es un emplazamiento, sino un llamamiento. Hay que solicitar audiencia antes de poner la demanda intimación a tomar comunicación de los documentos depositados en la secretaria del tribunal.
En la audiencia simple y llanamente las partes presentan sus conclusiones sobre el incidente y punto.El juez debe fallar en un plazo breve. Mientras los incidentes del embargo no se han fallado no se puede proceder a la venta en pública subasta.
Las sentencias sobre incidentes de embargo Inmobiliario son reputadas contradictorias y no son susceptibles de oposición.
En 2do lugar, ningún texto limita el ejercicio del recurso de apelación, excepto en las demandas que se hacen...
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