Incompetencia del administrador local de auditoría fiscal
El primer párrafo delartículo 16 Constitucional consigna la garantía de legalidad, la cual se materializa en la necesidad de que todo acto de autoridad se encuentre debidamente fundado y motivado. Al respecto a la letra el texto citado e la parte conducente establece lo siguiente:
CONTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio,papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Esto significa que ninguna actuación autoritaria, dentro de las cuales se encuentran los actos mencionados, puede tener existencia legal si no se encuentran fundados en la ley aplicable, es decir, para que un acto de autoridad sea acorde a lo establecido en nuestraCarta Magna debe citarse invariablemente como fundamento del mismo el artículo o artículos de la ley aplicable a fin de que se observe y preserve la garantía de legalidad en comento. En este contexto, resulta ilustrativo lo señalado por nuestro máximo Tribunal a través de la siguiente jurisprudencia.
Quinta Época
Registro: 917621
Instancia: Pleno
Jurisprudencia
Fuente: Apéndice 2000
TomoVI, Común, Jurisprudencia SCJN
Materia(s): Común
Tesis: 87
Página: 69
AUTORIDADES.- Las autoridades sólo pueden hacer lo que la ley les permite.
Quinta Época:
Amparo en revisión 2547/21.-Compañía de Tranvías, Luz y Fuerza de Puebla, S.A.-12 de mayo de 1923.-Once votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión 778/23.-Velasco W. María Félix.-3 deagosto de 1923.-Mayoría de diez votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión 228/20.-Caraveo Guadalupe.-20 de septiembre de 1923.-Once votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, pág. 555. Amparo en revisión.-Parra Lorenzo y coagraviado.-6 de febrero de 1924.-Once votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo enrevisión 2366/23.-Cárdenas Francisco V.-23 de julio de 1924.-Mayoría de ocho votos.-Disidentes: Manuel Padilla, Salvador Urbina y J. Guzmán Vaca.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Apéndice 1917-1995, Tomo VI, Primera Parte, página 65, Pleno, tesis 100.
En este orden de ideas, hay que indicar que parte importante del cumplimiento de la garantía de legalidad en estudio, radica en lanecesidad de que la autoridad observe y cumpla inexcusablemente el texto legal y, desde luego, la forma en que fue interpretado ese texto legal por los órganos jurisdiccionales facultados para ello en nuestro derecho; es decir, configura un imperativo y parte integra de la debida observancia del principio de legalidad, el que la autoridad tenga en consideración al momento de actuar lainterpretación jurisdiccional correctamente efectuada, dicho en otras palabras a la tesis jurisprudencial. En este contexto, resulta ineludible citar el contenido del siguiente precedente que fundamenta la presente aseveración:
Novena Época
Registro: 195004
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
VIII, Diciembre de 1998...
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