Inconstitucionalidad De Riesgos De Trabajo
en efecto en algo debería escandalizar el sistema de régimen de riesgos de trabajo , sobre el hecho de que , a caesido un siniestro que incapacite permanentemente o prive de la vida al operario , se echa mano por disposición legal expresa de los recursos económicos que este hubiera acumulado en su cuenta individual, que se supone forman parte exclusiva de su patrimonio y corresponden a contingencias sociales diversas como lo es el retiro , la cesantía en edad avanzada y la vejez ,para cubrir el monto de unapensión de riesgo de trabajo bajo la figura de renta vitalicia y/o seguro de sobrevivencia que deberá contratarse por ley con una compañía de seguros privada autorizada al efecto .
Tales recursoseconómicos ahorrados, individualizados y hasta multiplicados mediante las ganancias que se obtienen en su inversión en valores bursátiles, corresponden a las contingencias previsionales de cesantía y enedad avanzada y vejez, incluso las de vivienda del infonavit, previstas desde luego en la ley pero distintas por completo a los riesgos de trabajo .es responsabilidad exclusiva del empleador y delestado que le sustituye, por las siguientes razones
El art.-123 apartado “a”frac xiv de la constitución política de los estados mexicana establece como una obligación de los patronesresponsabilizarse de los riesgos de trabajo que sufran sus operarios obligándoles a pagar la indemnización correspondiente. Se denota que el verdadero asegurado es el patrón, pues este, por el simple hecho de afiliara sus trabajadores al régimen obligatorio –pague o no pague sus cuotas - , queda relevado de todo tipo de responsabilidades entratandose de riesgos de trabajo. Sin embargo en la cuenta SAR, deconformidad al artículo 74 de la ley de los sistemas de ahorro para el retiro, contienen 4 subcuentas a saber
A) la del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de carácter obligatorio y que...
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