incumplimiento tributario
los años siguientes.
Constitución Políticadel Perú
La relación Jurídico Tributaria, se encuentra normada a nivel constitucional en la Constitución Política del año 1993, que contiene diversos artículos que brindan un marco normativo generalde la Potestad Tributaria del Estado, regulando los siguientes principios:
➢Respeto de los derechos fundamentales de la persona.
Se trata de un precepto muy amplio, pues los derechos fundamentalesde la persona incluyen desde la vida, libertad, patrimonio, hasta la educación, además de otros derechos, se trata de un principio a resolverse con criterio de interpretación extensible a todos losprincipios fundamentales de la persona ( Art. 1° al 29).
En virtud a este mandato al ejercerse el Poder Tributario se debe observar los principios fundamentales de las personas principalmente aquellosvinculados directamente con la tributación.
➢Reserva Legal
En virtud de este principio, los aspectos esenciales de los tributos deben ser aprobados por una Ley o Decreto Legislativo (caso en elcual el Congreso de la República delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria.
El Código Tributario, desarrollando este principio, establece que sólo por Ley sepuede señalar el hecho generador de la obligación tributaria, la base para su cálculo y la alícuota, el acreedor tributario, el deudor tributario, conceder exoneraciones y otros beneficios...
Regístrate para leer el documento completo.