indices
ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR 2014
Para determinar el pago de las contribuciones y sus accesorios, se utiliza el índice nacional de precios al consumidor (INPC) que se da a conocerpor el Instituto Nacional de Estadística y Geografía e Informática (INEGI) y se publica en el Diario Oficial de la Federación en los primeros diez días del mes siguiente al que corresponda.
MesÍndices
Fecha de publicación en el DOF
Julio
*113.032
8 de agosto de 2014
Junio
*112.722
10 de julio de 2014
Mayo
*112.527
10 de junio de 2014
Abril
*112.888
9 demayo de 2014
Marzo
*113.099
10 de abril de 2014
Febrero
*112.790
10 de marzo de 2014
Enero
*112.505
10 de febrero de 2014
TASAS DE RECARGOS
Las tasas de recargos sonpublicadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, para determinar el pago de contribuciones extemporáneas.
Mes
Mora
Prórroga
Enero - Diciembre 1.13%*
0.75%**
Aviso Importante
Desde el año de 2004 hasta la fecha los recargos por mora y por prórroga no han sido modificados con el fin de que dicha tasa sea adecuada a las condicionesde inflación estimadas para los citados ejercicios fiscales.
*El artículo 21 del (93 KB ) DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de laFederación establece la aplicación de la tasa de recargos para cada uno de los meses de mora; para el caso será la que resulte de incrementar en 50% la tasa prevista para los mismos y que por prórroga seráde 0.75%. Ver artículo 8º. de la Ley de Ingresos de la Federación.
**El artículo 8º. de la (311 KB ) LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN, establece que, cuando conforme al Código se permita que latasa de recargos por prorroga incluya actualización, la tasa de recargos será del 1 por ciento mensual tratándose de pagos a plazos en parcialidades hasta 12 meses; en el caso de pagos a plazos en...
Regístrate para leer el documento completo.