Ineficacia Del
María Cristina Plovanich
Acto Jurídico (art. 259).
El acto jurídico es el acto voluntario lícito que
tiene por fin jurídico inmediato producir efectos
jurídicos.
Esta posibilidad deproducir efectos jurídicos es
lo que se llama eficacia.
Lo que analizará en este módulo es la contracara
la ineficacia, o sea la pérdida de efectos.
María Cristina Plovanich
Vida del actojurídico
Momentos:
nacimiento,
desenvolvimiento o producción de
efectos propios, y extinción.
Esta extinción puede producirse de modo normal
por el cumplimiento de los efectos propuestos, o por
elcontrario por la presencia de alguna anormalidad
desde el momento mismo de su formación, que lo
priva de la posibilidad de producir efectos, en cuyo
caso se habla de invalidez.
El acto presenta un defecto ovicio que está presente
desde la constitución del acto, es estructural.
María Cristina Plovanich
Extinción puede producirse por algo
sobreviniente, externo al acto
Que no es la presencia de unvicio o defecto
congénito como en el supuesto anterior, sino
que puede ser la imposibilidad de alcanzar el
objeto propuesto, la propia decisión de las
partes que voluntariamente deciden dejar sin
efectoel acto, que se muera alguna de las
partes, etc., es decir cuestiones que se
presentan en la dinámica del acto. Es ineficacia
dinámica o funcional.
María Cristina Plovanich
ESTRUCTURAL INVALIDEZNULIDAD
INEFICACIA
DINÁMICA
REVOCACIÓN
RESCISIÓN
RESOLUCIÓN
DISOLUCIÓN
María
Cristina Plovanich
Ineficacia funcional
Revocación: acto unilateral por el cual sin deja sin efecto
otro acto(bilateral o unilateral). Debe estar autorizada
legalmente. Opera hacia el futuro (revocación de
testamento, mandato).
Rescisión: modo de extinción de actos que mantienen
vinculación duradera. Bilateral ounilateral. La ley lo debe
haber autorizado. Sus efectos operan hacia el futuro.
Resolución: hechos sobrevinientes imputables o no a las
partes. Pacto comisorio. Opera retroactivamente.
María Cristina...
Regístrate para leer el documento completo.