Informacion exogena por medio magneticos
05 de enero de 2012
Por la cual se prescriben los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias correspondientes al año 2012 y se fijan los precios de venta al públicoEL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 delartículo 6 del Decreto 4048 de 2008, los artículos, 298, 378, 578, 596, 599, 602, 603, 605, 606 y 877 del Estatuto Tributario, el artículo 4 del Decreto 1960 de 1993, los artículos 2 y 3 del Decreto 4349 de 2004, los artículos 7, 120, 172, 202, 206, 215, 222, 240, 282, 323, 327 y 429 del Decreto 2685 de 1999, el artículo 82 de la Resolución Externa No. 8 de 2000, modificado por el artículo 2 de laResolución Externa No. 6 de 2004 de la Junta Directiva del Banco de la República, y el artículo 4 de la Ley 962 de 2005RESUELVE
ARTÍCULO 1. Prescribir para la presentación de la “Declaración Informativa Individual de Precios de Transferencia”, correspondiente al año gravable 2011 o fracción del año gravable 2012, el Formulario Modelo Nº 120, diseño que forma parte de esta Resolución. El númeropreimpreso inicia con 2012 y su valor de venta al público es de SEIS MIL PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($6.000.oo). La presentación de la declaración correspondiente al Formulario Modelo 120, Declaración informativa individual de precios de transferencia, debe hacerse en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos dispuestos por la entidad, utilizando el mecanismo de firmarespaldada por el correspondiente certificado digital emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, siguiendo el procedimiento y cumpliendo con las especificaciones técnicas que mediante Resolución ésta determine.
ARTÍCULO 2. Prescribir para la presentación de la “Declaración Informativa Consolidada de Precios de Transferencia”, correspondiente al año gravable 2011 o fracción del añogravable 2012, el Formulario Modelo Nº 130, diseño que forma parte de esta Resolución. El número preimpreso inicia con 2012 y su valor de venta al público es de SEIS MIL PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($6.000.oo). La presentación de la declaración correspondiente al Formulario Modelo 130, Declaración informativa consolidada de precios de transferencia, debe hacerse en forma virtual a través de losservicios informáticos electrónicos dispuestos por la entidad, utilizando el mecanismo de firma respaldada por el correspondiente certificado digital emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, siguiendo el procedimiento y cumpliendo con las especificaciones técnicas que mediante Resolución ésta determine. ARTÍCULO 3. Prescribir para la presentación de la “Declaración de Renta yComplementarios Personas Naturales y Asimiladas No Obligadas a llevar Contabilidad” correspondiente al año gravable 2011 o fracción del año gravable 2012, el Formulario Modelo Nº 210, diseño que hace parte de la presente Resolución. El número preimpreso inicia con 2012 y su valor de venta al público es de SEIS MIL PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($ 6.000.oo). Este formulario deberá ser utilizado porlas personas naturales y asimiladas declarantes, no obligadas a llevar contabilidad. ARTÍCULO 4. Prescribir para el año gravable 2011, como “Certificado de Ingresos y Retenciones – Año Gravable 2011”, el Formulario Modelo Nº 220, diseño que hace parte de la presente resolución. El Certificado de Ingresos y Retenciones a que se refiere esta Resolución, podrá ser producido por las diferentes casasimpresoras o diseñado por los agentes retenedores para ser expedido por computador en formas continuas, siempre y cuando se conserven la distribución y el contenido de la información exigida. Este certificado deberá expedirse en original y dos (2) copias para el interesado y una (1) copia para el agente retenedor. ARTÍCULO 5. Prescribir para la presentación de la “Declaración Bimestral del...
Regístrate para leer el documento completo.