Informacion Exogena
¿Cuál es el término de firmeza de los reportes de información exógena tributaria?
La presentación de los reportes de información exógena tributaria (Medios Magnéticos), es una de las “obligaciones formales” que deben cumplir los contribuyentes y demás sujetos pasivos de los impuestos administrados por la DIAN, sobre la cual, muchos obligados sepreguntan cuál es el plazo máximo con que cuenta la Administración de Impuestos para cuestionar la información contenida en dichos reportes e imponer las sanciones procedentes por la entrega de información en forma extemporánea y/o con errores de que trata el artículo 651 del E.T., es decir, ¿Cuándo quedaría en firme la información exógena?
Lo primero que se debe precisar en cuanto al término defirmeza de los reportes de información exógena tributaria, es que por tratarse de una “obligación formal”, no se aplican los mismos criterios y términos de firmeza que se definen para las “obligaciones sustanciales” en los artículos 714 y 689-1 del Estatuto Tributario, es decir, no necesariamente el hecho de que la declaración de renta correspondiente al mismo período fiscal que es objeto de reportede información haya quedado en firme, quiere decir esto que el reporte de información exógena también adquiere la firmeza tributaria y por lo tanto la administración de impuestos no podrá cuestionarlo.
En vista de lo anterior, la norma que establece el plazo máximo con que cuanta la DIAN para imponer mediante resolución la sanción por el incumplimiento o el cumplimiento con errores einexactitudes en el reporte de información que se encuentra señalada en el artículo 651 del E.T., y previa formulación del pliego de cargos, es la norma contenida en el artículo 638 del E.T., en la cual se establece lo siguiente:
“ART. 638. Cuando las sanciones se impongan en liquidaciones oficiales, la facultad para imponerlas prescribe en el mismo término que existe para practicar la respectivaliquidación oficial. Cuando las sanciones se impongan en resolución independiente, deberá formularse el pliego de cargos correspondiente, dentro de los dos años siguientes a la fecha en que se presentó la declaración de renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, del período durante el cual ocurrió la irregularidad sancionable o cesó la irregularidad, para el caso de las infracciones continuadas.Salvo en el caso de la sanción por no declarar, de los intereses de mora, y de las sanciones previstas en los artículos 659, 659-1 y 660 del estatuto tributario, las cuales prescriben en el término de cinco años.
Vencido el término de respuesta del pliego de cargos, la administración tributaria tendrá un plazo de seis meses para aplicar la sanción correspondiente, previa la práctica de las pruebas aque hubiere lugar.”
De acuerdo con la norma anterior, la DIAN tendría entonces unos tres (3) años para formular el pliego de cargos al contribuyente en caso de detectar alguna irregularidad sancionable respecto al reporte de información, y una vez vencido el término para que el contribuyente responda el pliego de cargos (10 días), la DIAN tendrá un plazo máximo de 6 meses para imponer la sanciónmediante resolución.
Un ejemplo vale más que mil palabras…
Suponga que una sociedad tenía la obligación de presentar los reportes de información exógena tributaria correspondiente al año gravable 2010, en Marzo de 2011 y la presenta en forma extemporánea y/o con errores, situación que la hace acreedora a la sanción contemplada en el artículo 651 del Estatuto Tributario; en este caso, lasociedad debe esperar a que la DIAN le formule el pliego de cargos que de conformidad con el artículo 638 del E.T., debe ser formulado “dentro de los dos años siguientes a la presentación de la declaración de renta del año en que se presenta el hecho sancionable”, es decir, los 2 años se contarían a partir de Marzo o Abril del año 2012 que sería la fecha de presentación de la declaración de renta...
Regístrate para leer el documento completo.