Informatica
EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN:
UNA APROXIMACIÓN GENERAL
Miguel CARBONELL*
SUMARIO: I. Introducción. II. Autoridades reguladoras y
autoridades obligadas. III. Máxima publicidad y reserva
temporal. IV. Vida privada y datos personales. V. Interés,
justifica ción y gratuidad. VI. Procedimientos y órganos.
VII. Archivos. VIII. Información de particulares.IX. San-
ciones. X. Artículos transitorios.
I. INTRODUCCIÓN
El 20 de julio de 2007 apareció publicada en el Diario Oficial de la
Federación una reforma constitucional de la mayor trascendencia.
Debido al constante flujo de reformas constitucionales, existe una
cierta tendencia a la trivialización de los cambios que se le hacen a
la carta magna. No es para menos, dada laexperiencia histórica de
las últimas décadas, la cual nos demuestra que muchas de las refor-
mas realizadas han sido meramente nominales o de fachada, sin
que de ellas hayan derivado cambios importantes para la vida de
los habitantes de México.
Creo que no sería exagerado decir que la reforma constitucional
del 20 de julio de 2007, por medio de la cual se introduce un segun-
*Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Investigador Nacional nivel III del SNI; www.miguelcarbonell.com.
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MIGUEL CARBONELL
do párrafo en el artículo sexto constitucional, rompe con el patrón
que se acaba de mencionar, puesto que constituye una reforma que
muy bien puede calificarse como histórica, en el sentido de que a
partir de ella habrá un antes y un después enla materia que preten-
de regular.
Hasta antes de la citada reforma, la referencia constitucional so-
bre el derecho a la información era bastante escueta. Se limitaba a
una frase introducida durante la llamada reforma política de 1977
al texto del artículo sexto; su contenido señalaba de forma breve y
quizá hasta enigmática que: “El derecho a la información será ga-
rantizado por elEstado”.
Lo importante es señalar ahora que a partir del año 2002 se co-
mienzan a emitir una serie de leyes a nivel federal y estatal que,
con esa única base constitucional, regulan el derecho de toda per-
sona para acceder a la información que se encuentre en poder del
Estado mexicano, es decir, el derecho de acceso a la información
pública gubernamental.
Aunque no se suelereconocer, lo cierto es que el surgimiento de
las leyes de transparencia en todo el territorio nacional supuso una
verdadera “reforma estructural”, puesto que vino a reconfigurar
los términos en que los habitantes del país se relacionan con sus
autoridades. La ciudadanía aprendió poco a poco que se podía diri-
gir a cualquier autoridad del país para solicitarle la información
que fuera de suinterés y que la autoridad le tenía que contestar
dentro de un plazo razonable. Las autoridades también entraron en
un proceso no menor de cambio y de aprendizaje: tuvieron que
cambiar la mentalidad de muchos funcionarios públicos acostum-
brados a operar bajo la lógica del secreto, que de pronto veían sus
salarios y sus prestaciones publicados en Internet.
Ahora bien, pese a los muchosbeneficios que arrojó el proceso
de regulación legislativa, el desarrollo institucional y el ejercicio
del derecho de acceso a la información por parte de sus titulares, lo
cierto es que se produjeron fenómenos de gran “asincronía” entre
LA REFORMA EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
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las distintas entidades federativas.1 Los requisitos para solicitar in-
formación, los conceptos deinformación reservada y confidencial,
los tiempos de respuesta de la autoridad, los costos de reproduc-
ción de documentos y la compleja ruta hermenéutica del derecho
realizada por autoridades administrativas y judiciales, variaban
notablemente a lo largo del país. Era necesario igualar las condi-
ciones de ejercicio del derecho fundamental a la información, si es
que en verdad se trataba de un...
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