INFORME LEGAL
A: Norberto Mendoza Layme
SUB GOBERNADOR PROVINCIA BALLIVIAN
VIA: Ing. Lucio Leodan Salvador Quispe
JEFE DE UNIDAD DE PLANIFICACION Y RECURSOS HUMANOS - SUB GOBERNACION PROVINCIABALLIVIAN
DE: Dra. Janeth Villena Churata
ABOGADA
REF: Resolución de Contrato, Consultor de línea “Técnico Jurídico”
Abogado Abraham Cartagena Tamo.
Reyes, 12 de mayo de 2016__________________________________________________________________
En atención a instrucciones impartidas por su autoridad, respecto al tema de referencia, tengo a bien elevar el presente informe legal.
ANTECEDENTES.-En fecha 01 de marzo de 2016, la Sub Gobernación de la Provincia Ballivian a través de su Representante Legal Sr. Norberto Mendoza Layme, y el Sr. Abraham Cartagena Tamo, en la Modalidad ANPE,suscribieron un contrato de Consultoría Individual de Línea para la prestación de servicios de Técnico Jurídico con cargo al Proyecto Desarrollo de Transferencia Tecnológica de Producción de Ganado Bovino,obligándose a la realización de trabajos específicos detallados en los términos de referencia, por un plazo computable desde el 01 de marzo de 2016 hasta el 31 de agosto de 2016.
ANALISIS LEGAL.-En atención a la Nota de fecha 06 de julio de 2012 presentada por la Consultora en Gestión de Provincias Sra. Ana Ruth Soto Llapaco, dentro del Proceso de Contratación ANPE 20/2012 — PrimeraConvocatoria, y según Contrato de fecha 25 de abril de 2012, se evidencia que la Consultora incurrió en la causal el punto 2, 2.1. inc. a) de la Cláusula Vigésima (Extinción de Contrato) que establece que sedará por terminado el vínculo contractual a requerimiento de la Entidad, por la causal atribuible a la Consultora de: "incumplimiento en la realización de la consultoría en el plazo establecido".Asimismo, es importante señalar que al haber incurrido la Consultora en el punto 2, 2.1. inc. a) de la Cláusula Vigésima Extinción del Contrato de fecha 25 de abril de 2012, las retenciones por pagos...
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