Informe pericial
confrontar sueldos devengados netos y contraponerlos a los sueldos abonados. Asimismo laevolución de la escala salarial durante el período de análisis, involucró la existencia de Asignaciones No Remunerativas, por lo cual refuerza la decisión de determinar valores netos de descuentos. Asimismo se observó que la actora, adhirió al Sistema Jubilatorio de Capitalización, por lo tanto sufrió retenciones al 7 % y no al 11% del Sistema de Reparto. Los otros ítems de descuentos provienen denaturaleza legal: Aporte Ley 19032-Instituto Nacional de Ss. Sociales para Jubilados y Pensionados, Aporte a Obras Sociales (3% c/u) y Aporte Sindical del 2,5% (art. 100ºCCT). Como descuento convencional, cabe mencionarse el Seguro de Vida, el cual es el dos por ciento (2%) del Sueldo de Sereno. Se verificó que la actora realiza
Expte. 00/2007 “ACTOR, Luis A. C/ DEMANDADOS HNOS. SCCI S/LABORAL” – INFORME DE PERITO CONTADOR 1
aportes al Sistema de Capitalización, en particular a “MET AFJP”( Información obtenida de la página web de la Superintendencia de AFJP) Respecto de la información obtenida de la actora, cabe mencionar lo siguiente: A fecha de esta pericia no se localizaron los recibos correspondientes a Primer SAC 2005 y ambas Quincenas de Julio 2005. Por esta razón serealizaron estimaciones en el Anexo 4. El Primer SAC se recalculó en base a los recibos obtenidos. Los Haberes netos de Julio se estimaron similares a Junio 2005. Por último, en los recibos de Haberes de Noviembre 2005 a Febrero 2006, se observaron importantes descuentos bajo el rubro “ Decreto 484/87EMB”. Ni actor ni demandado han mencionado el presente descuento. No se posee copia de sentencia u ordenjudicial que lo avale. En el Anexo 4, se detallan los mismos y su proporción con los haberes cobrados. Este perito sólo se limitó a descontarlos de los haberes recalculados.
B - Puntos Periciales Solicitados Minuta de Pruebas Ofrecida por la Parte Actora Punto c (fs.53): “PERICIA CONTABLE: a cargo de un perito contador a sortearse de la lista oficial respectiva, quien una vez aceptado el cargoen legal forma, deberá expedirse conforme al siguiente punto pericial propuesto: En base a los datos de la relación laboral aportados por la parte actora en el escrito de demanda, y conforme a las disposiciones legales que resulten de aplicación, considerando asimismo las normas del Convenio Colectivo de Trabajo aplicable al Personal de la Construcción y sus respectivas escalas salarialescorrespondientes a los períodos reclamados, establecerá los importes a los que ascienden cada uno de los rubros que integran la pretensión de la demandante y la cuantía total de la acción instaurada, a los que posteriormente se le adicionarán los intereses y/o índices por desvalorización monetaria y/o recomposiciones que correspondan, según las pautas que determinará la sentencia definitiva…". Se...
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