Informe
Pertenecen al régimen simplificado del Impuesto a las ventas las Personas naturales comerciantes y artesanos que sean minoristas o detallistas; los agricultores y ganaderos, querealicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan con los siguientes y con la totalidad e las siguientes condiciones:
Que en el año anteriorhubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad gravada inferiores a cuatro mil 4.000 UVT [$95.052.000].
Que tengan como máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local onegocio donde ejercen su actividad.
Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquiersistema que implique la explotación de intangibles.
Que no sean usuarios aduaneros.
Que no hayan celebrado en el 2009 contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valorindividual y superior 3.300 UVT [$78.418.000].
Que no celebre en el 2010 contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior 3.300 UVT [$81.032.000].
Que elmonto total de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior (2009) no supere la suma de (4.500 UVT) [$106.934.000]
Que el monto total de susconsignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año 2010 no supere la suma de (4.500 UVT) [$110.498.000]
Para la celebración de contratos de venta de bienes o servicios en el 2010 porcuantía individual superior a 3.300 UVT [$81.032.000], el responsable del régimen simplificado deberá primero inscribirse en el Régimen común.
REGIMEN COMUN
Al régimen común pertenecen todas laspersonas jurídicas que vendan productos o servicios gravados con el impuesto a las ventas. Pertenecen también al régimen común todas las personas naturales que vendan productos o servicios gravados y...
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