Informes pasicologicos en el ambito educativo
ART. 49 el fallecimiento del cliente, osu desaparición, no libera al ps de las obligaciones del secreto profesional.
ART. 39 el ps recabara la información estrictamente necesaria, con la autorización del cliente.
ART. 46los registros son conservados durante cierto tiempo, los eran bajo la responsabilidad personal del ps en condiciones de seguridad
ART.45 La exposición de casos clínicos o ilustrados,debe hacerse de modo que no sea ´posible la identificación de la persona que se trata.
ART.44 de la información profesionalmente adquirida, no debe el ps servirse ni en beneficio propio o deltercero ni en perjuicio del interesado.
ART. 43 los informes ps realizados por Inst. en general,estarán sometidos ala confidencialidad.
ART. 47 para la presencia de terceros, innecesarias para el acto profesional, se requiere el previo consentimiento del cliente.
ART. 42 cuando laevaluación a sido solicitada por otra persona, tendrá derecho a ser informado del hecho de la evaluación.
ART.41si la evaluación ps se produce a petición del propio sujeto, lainformación solo puede comunicarse a terceros con autorización del interesado.
ART.48 los informes ps deberán expresar su alcance y limitaciones, haciendo constar en todo caso los datos deprofesional que lo emita.
CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL PSICÓLOGO DE LA OBTENCIÓN Y USO DE LA INFORMACIONPSICOLOGÍA HUMANA
CATEDRA:
INFORME PSICOLOGICO
CATEDRÁTICA:
ROCIO COZ APUMAYTA
ALUMNA:
CABRERA MONTANO CINTHYA
SEMESTRE:
SEXTO
HYO – PERU - 2010
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