Infracciones aduaneras (Argentina)

Páginas: 17 (4108 palabras) Publicado: 27 de octubre de 2013
Infracciones aduaneras
Artículo 892 El término infracción se equipara al de contravención.
Artículo 893 Se consideran infracciones aduaneras los hechos, actos u omisiones que transgredan las disposiciones, de la legislación aduanera.
Disposiciones generales (Principios aplicables)
1 Legalidad: (Artículo 894) La calificación de un hecho como infracción aduanera requiere que, previamente a surealización, se encuentre previsto como infracción en las disposiciones de este código. La nfracción debe estar establecida por ley.
2 Analogía: (Artículo 895) En materia de infracciones aduaneras no cabe la incriminación por analogía. No es posible aplicar una ley análoga porque viola el principio de legalidad.
3 Especificidad (Artículo 896) La norma que rija específicamente el caso desplaza ala que lo pudiera comprender en forma genérica. Toda norma específica estará sobre la genérica.
4 Prohibición de doble juzgamiento: (Artículo 897) Nadie puede ser condenado sino una sola vez por un mismo hecho previsto como infracción. No se podrá juzgar dos veces por un mismo hecho.
5 Indubio pro reo: (Artículo 898) En caso de duda deberá estarse a lo que fuere más favorable al imputado. Anteduda, el juez estará a favor del reo.
6 Ley más benigna: (Artículo 899) Si la norma penal vigente al tiempo de cometerse la infracción fuere distinta de las que estuviere vigente al pronunciarse el fallo o en el tiempo intermedio, se aplicara la norma que resultare mas benigna al imputado. No surtirá ese efecto la que modificare el tratamiento aduanero o fiscal de la mercadería (tributos yprohibiciones).
7 Límites a la ley más benigna: (Artículo 900) Para establecer cual es la norma penal mas benigna se debe comparar la totalidad del contenido de las normas penales de las leyes cuya aplicación correspondiere. No se puede tomar solo una parte de la ley más benigna, sino que se debe aplicar la ley toda (elijo si la nueva o la vieja) (Artículo 901) Los efectos de la norma penal mas benignase operaran de pleno derecho, pero no alcanzaran aquellos supuestos en que la resolución condenatoria se encontrare firme.
Responsabilidades
(Artículo 902) 1 no se aplicara sanción a quien hubiere cumplido con todos los deberes inherentes al régimen, operación, destinación o a cualquier otro acto o situación en que interviniere o se encontrare. 2 la ignorancia o el error de hecho o de derechono constituyen eximentes de sanción, salvo las excepciones previstas.
(Artículo 903.) Las personal de existencia visible o ideal son responsables en forma solidaria con sus dependientes por las infracciones aduaneras que estos cometieren en ejercicio.
Persona jurídica: (Artículo 904) Cuando una persona de existencia ideal fuere condenada por alguna infracción e intimada al pago de las penaspecuniarias que se le hubieren impuesto no fuere satisfecho su importe, sus directores, administradores y socios ilimitadamente responsables responderán solidariamente con aquélla por el pago del importe de dichas penas.
Menor de 14 años: (Artículo 905) Cuando un menor que no hubiere cumplido 14 años de edad cometiere un hecho que constituyere infracción aduanera no será personalmenteresponsable.Responderá aquel a cuya guarda o cuidado se encontrare el menor al momento de cometerse la infracción.
Mayor de 14 y menor de 18: (Artículo 906) Cuando un menor que fuere mayor de 14 y no hubiere cumplido 18 años de edad cometiere un hecho que constituyere infracción aduanera responderá solidariamente con aquélla cuya guarda o cuidado se encontrare al momento de cometerse la infracción, sin perjuiciodel derecho de éste último a repetir del menor importe pagado.
Importador/exportador: (Artículo 907) El importador o el exportador será responsable por toda infracción aduanera que el despachante de aduana, sus apoderados o dependientes cometieren en ejercicio, en forma solidaria.
Despachante: (Artículo 908) El despachante de aduana que cometiere una infracción aduanera en ejercicio de las...
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