INFRACCIONES DE CUSTODIOS
Ley de Seguridad Pública para el Estado de Tamaulipas
ARTÍCULO 1.
1. La presente ley es de orden público e interés social, con observancia general en el Estado de Tamaulipas,reglamentaria del artículo 21 constitucional en lo relativo a la seguridad pública a cargo de los Estados y los Municipios en sus respectivas competencias.
3. La presente ley tiene porobjeto:
X. Determinar las sanciones y estímulos a que se hagan acreedores los integrantes de las instituciones de seguridad pública preventiva, en términos de la presente ley y elReglamento del Desarrollo Policial de las Instituciones Preventivas de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas.
ARTÍCULO 20.
1.- Son instituciones preventivas de seguridad públicaestatales:
III.- Los cuerpos de vigilancia, custodia y seguridad de los Centros de Ejecución de Sanciones del Estado;
ARTÍCULO 89.
1. Los correctivos disciplinarios y sanciones a que sehagan acreedores los integrantes de las instituciones de seguridad pública estatales y municipales, se aplicarán cuando desacaten los principios de actuación y las obligaciones que lapresente ley establezca, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa y penal que prevean otros ordenamientos legales.
ARTÍCULO 90.
1. Las sanciones por infracción a la presenteley podrán consistir en:
III. Arresto hasta por 36 horas;
2. Las sanciones e infracciones para los integrantes de las instituciones de seguridad pública referidas en las fraccionesI, II y III, del párrafo 1 de este artículo, serán aplicadas por el superior jerárquico inmediato.
4. Para efectos de lo establecido en el párrafo 1 del presente artículo se entiendepor:
III.- Arresto hasta por 36 horas: Privación de la libertad de carácter administrativo, la cual se debe cumplir en el horario que no afecte la prestación de sus servicios;
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