Ing Comercial
SUPLEMENTO
FUNCION EJECUTIVA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS:
ACUERDO Nro. 447:
Actualízanse los Principios del Sistema de Administración Financiera, las Normas Técnicas de Presupuesto, el Clasificador Presupuestario
de Ingresos y Gastos, los Principios y Normas Técnicas de Contabilidad Gubernamental, el Catálogo General deCuentas y las Normas
Técnicas de Tesorería para su aplicación obligatoria en todas las entidades, organismos, fondos y proyectos que integran el Sector
Público no Financiero.
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2 -- Suplemento -- Registro Oficial Nro. 259 —Jueves 24 de Enero del 2008
No. 447
resultados que se deriven de las operaciones presupuestarias de
forma compatible con el Sistema de Contabilidad Gubernamental.
EL MINISTRO DE ECONOMIA
Y FINANZAS
Que, el Ministerio de Economía y Finanzas ha considerado
conveniente definir los lineamientos que deben ser observados en el
proceso de implantación del nuevo modelo de GestiónFinanciera, en
las Entidades que conforman el Gobierno Central; y,
Considerando:
Que, el artículo 260 de la Constitución Política de la República,
dispone que la formulación y ejecución de la política fiscal es de
responsabilidad de la Función Ejecutiva. El Presidente de la
República, determinará los mecanismos y procedimientos para la
administración de las finanzas públicas, sin perjuicio delcontrol de los
organismos pertinentes;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo
179 de la Constitución Política de la República, corresponde a los
Ministros de Estado expedir las normas, acuerdos y resoluciones que
requiera la gestión ministerial;
Que, los artículos 20 y 22 de la Ley Orgánica de Administración
Financiera y Control, establecen que la Dirección Generalde la
Administración Financiera del Gobierno Nacional corresponde al
Presidente de la República quien la ejerce por medio del Ministro de
Economía y Finanzas, funcionario responsable, en el grado superior,
de la administración de los recursos financieros de dicho ámbito;
Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del
Estado, faculta al Ministerio de Economía yFinanzas, expedir los
principios y normas del sistema específico y único de Contabilidad
Gubernamental y de información gerencial, que permita integrar las
operaciones financieras, presupuestarias, patrimoniales y de costos;
Que, el inciso final del artículo 10 de la Ley de Presupuestos del
Sector Público, dispone al Ministerio de Economía y Finanzas,
establecer los clasificadores en los que sefundamentará la gestión
presupuestaria de aplicación obligatoria para todos los presupuestos
del sector público;
Que, según lo prescrito en los artículos 9 y 63 de la Ley de
Presupuestos del Sector Público, el Ministerio de Economía y
Finanzas es el órgano rector del Sistema Nacional de Presupuesto
Público y tiene la obligación de elaborar en forma conjunta con las
demás entidades y organismosdel sector público, un sistema de
información que registre los
En ejercicio de sus facultades legales,
Acuerda:
Art. 1 Actualizar los Principios del Sistema de Administración
Financiera, las Normas Técnicas de Presupuesto, el Clasificador
Presupuestario de Ingresos y Gastos, los Principios y Normas
Técnicas de Contabilidad Gubernamental, el Catálogo General de
Cuentas y las NormasTécnicas de Tesorería para su aplicación
obligatoria en todas las entidades, organismos, fondos y proyectos
que integran el Sector Público no Financiero.
Art. 2 El presente acuerdo entrará en vigencia a partir del 1 de enero
del 2008, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
DISPOSICION FINAL
Quedan derogadas todas las normas de igual o menor jerarquía que
se opongan al...
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