Ing. Comercial
MARCO TEORICO
Creación del Impuesto a la Salida de Divisas
Art. 155.- Creación del Impuesto a la Salida de Divisas.- Créase el impuesto a la Salida de Divisas (ISD) sobre el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias que se realicen al exterior, con o sin intervención de las instituciones que integran el sistema financiero.
Art. 156.- Hechogenerador.- El hecho generador de este impuesto lo constituye la transferencia o traslado de divisas al exterior en efectivo o a través de el giro de cheques, transferencias, envíos, retiros o pagos de cualquier naturaleza realizados con o sin la intermediación de instituciones del sistema financiero. Cuando el hecho generador se produzca con intervención de las instituciones del sistema financiero,será constitutivo del mismo el débito a cuales quiera de las cuentas de las instituciones financieras nacionales e internacionales domiciliadas en el Ecuador que tenga por objeto transferir los recursos financieros hacia el exterior.
Todo banco extranjero que opere en el Ecuador, mensualmente deberá declarar que han pagado el Impuesto quienes hayan efectuado remesas de dinero, aun cuando seabajo un sistema de courier o sistema expreso, en sobre cerrado, de que tenga conocimiento la institución financiera. Todos los couriers autorizados para operar en el Ecuador, antes de tramitar cualquier envío al exterior, deberán recabar del ordenante una declaración en formulario, del que sea destinatario el Servicio de Rentas Internas, expresando que en el sobre o paquete no van incluidos cheques odinero al exterior.
Art. 157.- Sujeto Activo.- El sujeto activo de este impuesto es el Estado ecuatoriano que lo administrará a través del Servicio de Rentas Internas.
Art. 158.- Sujeto Pasivo.- Son sujetos pasivos del Impuesto a la Salida de Divisas las personas naturales, sucesiones indivisas y las sociedades privadas, en los términos de la Ley de Régimen Tributario Interno, nacionales oextranjeras, que transfieran o envíen dinero al exterior en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, envíos, retiros o pagos de cualquier naturaleza realizados con o sin la intermediación de instituciones del sistema financiero.
Las entidades que integran el Sistema Financiero Nacional se constituyen obligatoriamente en agentes de retención de este impuesto por las transferencias querealicen por disposición de sus clientes.
Art. 159.- Exenciones.-Para fines de la determinación y liquidación del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) están exoneradas exclusivamente las siguientes transacciones:
a. Los pagos por concepto de Importaciones.
b. La repatriación de utilidades obtenidas por sucursales o filiales de empresas extranjeras domiciliadas en el Ecuador siempre que eldestino inmediato no sean paraísos fiscales, de conformidad a lo que se señale el Servicio de Rentas Internas en la Resolución que emita y publique para este efecto.
c. Los pagos de capital e intereses por concepto de créditos externos que estén debidamente registrados en el Banco Central del Ecuador, siempre que el destino inmediato no sean paraísos fiscales, de conformidad a lo que se señale elServicio de Rentas Internas en la Resolución que emita y publique para este efecto.
d. Pagos por concepto de primas de compañías de reaseguros.
e. Los consumos realizados en el exterior por medio de tarjetas de crédito emitidas en el país, cuyo titular sea una persona natural.
Art. 160.- Base Imponible.- La base imponible del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) es el monto del traslado dedivisas, de la acreditación o depósito, o el monto del cheque, transferencia o giro al exterior.
Art. 161.- Declaración y Pago del Impuesto.- Los sujetos pasivos del Impuesto a la Salida de Divisas declararan y pagaran el impuesto de la manera siguiente:
a) En los casos en que la salida de capitales, como producto de transferencias hacia el exterior, fuese efectuada por personas naturales y...
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