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“El 16 de abril de 2002 contraje matrimonio con el Abogado David Antonio Ayala Ponce, durante el matrimonio procreamos dos hijas, actualmente menores de edad de nombres DAVIANA BEATRIZ AYALA HURTADO y DANNA ANTONELLA AYALA HURTADO de 12 y 7 años,respectivamente, nuestro hogar familiar lo constituimos en una villa que adquirió el matrimonio con el dinero producto de mi solo esfuerzo y trabajo y que está ubicado en la ciudadela Volare, Mz. 27 villa 21, Km. 14 1/5 vía a la Aurora”.
Hace aproximadamente 4 años atrás, por constantes desavenencias y malos tratos que ponían en peligro mi integridad y la de mis hijas, me separé de mi cónyuge. Laseparación solo sirvió de detonante que exacerbó su odio hacia mi persona y subiera el nivel de agresividad, motivo por el cual en enero del 2009, presenté la denuncia en la Comisaría Cuarta de la Mujer y la Familia, por maltratos psicológicos.
Posteriormente, el 7 de abril del 2009, mi cónyuge presentó demanda de divorcio en el Juzgado Quinto de lo Civil del cantón Daule, por las causales deinjurias y actitud hostil con la cual se inició el juicio No. 228-2009, como no logró probar las causales la demanda fue desestimada. La reacción de David Antonio Ayala Ponce fue presentar queja ante el Consejo de la Judicatura contra el juez Andres Gerarthi quien dictó la sentencia, al mismo tiempo que apeló dicha sentencia, por lo que, esta causa sube a conocimiento de la Segunda SalaEspecializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia del Guayas. Durante el desarrollo de la apelación, David Antonio Ayala Ponce, fue designado juez de la segunda sala penal de la Corte Provincial del Guayas, obviamente mi cónyuge ejerció toda su influencia con sus colegas y compañeros de trabajo para que fallen a su antojo, no de otra forma se explica que en un inaudito fallo, contrarioa la disposición expresa que manda: “que las hijas mujeres de cualquier edad deben permanecer con su madre” se ordena salomónicamente, como si se tratase de objetos, dividir la tenencia de mis hijas menores, entregándole a David Antonio Ayala Ponce la tenencia de mi hija menor de nombres Danna Antonella Ayala Hurtado de 7 años de edad; y, la tenencia de mi hija Daviana Beatriz Ayala Hurtado de 12años de edad a su madre, no importó al juzgador que separar a las hermanas aumentaría el sufrimiento que ya venían experimentando por la separación de sus padres tras el largo historial de agresión.
De la parte de la resolución que me arrebata a una de mis hijas, solicité casación ante la Corte Nacional de Justicia, la misma que no fue admitida por cuanto el tribunal alegó que lasresoluciones en materia de menores no se ejecutorían y por lo tanto no son objeto de esta acción de casación.
En el mismo mes de abril 2009 David Antonio Ayala Ponce presenta consignación voluntaria de pensiones alimenticias por el valor de cincuenta dólares norteamericanos por cada una de las menores, lo cual motivó que en Mayo del 2009 me viera obligada a demandar en juicio de alimentos a David AntonioAyala Ponce; demanda que por resorteo recayó en el Juzgado Tercero de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia signado con el número 1997-2009.
Dentro de este juicio de alimentos David Antonio Ayala Ponce incurrió en mora del pago de pensiones y alimentos, desde el 18 de Mayo de 2009 tal como aparece en la liquidación efectuada por la Pagaduría de dicho juzgado de fecha 27 de Septiembre del2011.
Sin embargo de esta violación a los derechos de sus propias hijas menores de edad, incompresiblemente el 16 de Agosto del 2011 fue designado Conjuez de la Sala Penal y Tránsito del Guayas, y luego, el 19 de Septiembre de 2011, fue premiado y promovido a Conjuez de la Primera Sala Penal y Tránsito del Guayas. Todo lo cual se colige del análisis de las copias de la liquidación de alimentos...
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