Ing. Industrial
En este caso se deben cumplir los siguientes deberes.
Artículo 14°.- El profesionista debe dar crédito a sus colegas, asesores y subordinados por laintervención de éstos en los asuntos, investigaciones y trabajos elaborados en conjunto.
Artículo 15°.- El profesionista debe repartir de manera justa y equitativa los frutos del trabajo realizando encolaboración con sus colegas, asesores y subordinados, apoyando en la medida de los posible su desarrollo profesional.
Artículo 16°.- El profesionista debe respetar la opinión de sus colegas y cuandohaya oposición de ideas deberán consultar fuentes de información fidedignas y actuales y buscar asesoría con expertos reconocidos en la materia de que se trate.
Artículo 17°.- Mantener unarelación de respeto y colaboración con sus colegas, asesores, subordinados y otros profesionistas, consecuentemente evitará lesionar el buen nombre y el prestigio de éstos ante autoridades, clientes,profesionistas y cualquier otra persona.
Artículo 18°.- El profesionista debe abstenerse de intervenir en los asuntos donde otro profesionista esté prestando sus servicios, salvo que el cliente y el otroprofesionista le autoricen para tal efecto, evitando con ello la competencia desleal.
Artículo 19.- Tiene que intervenir en favor de sus colegas en el caso de injusticia.
Artículo 20°.- Debeapoyar a sus colegas en situaciones manifiestas cuando su conocimiento profesional sea limitado.
3.4.4 Deberes para con los usuarios, pacientes o clientes
Al prestar los servicios, las siguientesdisposiciones deben ser respetadas
Artículo 21°.- El profesionista debe limitarse a mantener una relación profesional con sus clientes.
Artículo 22°.- El profesionista debe ser honesto, leal yconducirse con verdad ante su cliente en todo momento, salvaguardar los intereses del mismo, y deberá además comunicarle los riesgos cuando existan, en atención a su servicio.
Artículo 23°.-...
Regístrate para leer el documento completo.