Ingenieria Civil
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ESTUDIOS BASICOS PARA REALIZAR EL PROYECTO
3.1
GENERALIDADES
El 5 de febrero de 1917 se promulgó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; este ordenamientocontiene la esencia y el espírítu de todas las -leyes que del mismo emanan o que gracias a él existen. Los artículos 4 y 27 Constttucionales son los que, para el caso del abastecimiento de agua potable,se estima útil mencionar pues de ellos emanan la "ley General de Salud" y la 'ley de Aguas Nacionales", respectivamente, las cuales contienen las bases legales que deben considerarse para larealización de un proyecto. El cuadro 3.1 presenta una sinopsis de estas leyes. De la Ley de Aguas Nacionales resultan interesantes, entre otros, los artículos 44, 45 Y 46 reproducidos a continuación:administren los respectivos-sistemas de agua poIabIe y alcantarillado, subsistitán aun cuando estos sistemas sean administracios.por entidades o paramunicipales, o se paraestatales consecionen aparticulares por la autoridad competente. Artícuto 45.- Es competencia de las autoridades munícipales, con el concurso de los gobiemos de los estados en tos términos de la ley, la explotación, uso oaprovechamiento de las aguás nacícKTales que se les hubieran asignado, incluyendo las residuales, desde el punto de su exfJacción o de su entrega por parte de "La Comisión" hasta el sitio de su descarga acuerpos receptores que sean bienes nacionales. La explotación, uso o aprovechamiento se podrá efectuar por dichas autoridades a través de sus entidades paraestatales o de conseciol1Brios en los lérminos deley. En el caso del párrafo anterior, en el reuso de aguas residuales, se debetán respetar los dered1cs que sobre las mismas estén inscritos an el Registro fúblico da Derechos de Agua. Ar1fcuIo 46.-'la Comisión" podrá realizar en forma parcial o totat, previa celebración del acuerdo o convenio con los gobiernos de las errtidades tederat1vas y de los municipios correspondientes, las obras de...
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