Ingenieria mecanica
A) Productos con marcado CE: Verificación del sistema de marcado CE: B) Control de recepción para productos sin marcado CE: C) Resumen esquema del control de recepción del producto en obra:
CONTROL DE RECEPCIÓN
La Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 89/106/CEE, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estadosmiembros sobre los productos de construcción, contempla las obligaciones de los miembros de la Comunidad Económica Europea de adoptar determinadas reglas y actuaciones en el ámbito de cada Estado, dirigidas a eliminar obstáculos a los intercambios comerciales de productos de construcción dentro del territorio comunitario, fundadas en el principio de libre circulación de bienes.
A tal efecto,se aprobó el RD 1630/1992 sobre disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, modificado por el RD 1395/95, que crean el Marcado CE de los productos a utilizar, regula las condiciones que deben cumplir para poder importarse, comercializarse y utilizarse dentro del territorio español.
Hay que tener muy claro que el marcado CE no es una marca de calidad ni implica, portanto, que el producto ofrece unas garantías o prestaciones de calidad extras; el marcado CE es el cumplimiento de unos requisitos mínimos relacionados con la seguridad y un requisito imprescindible legal para que se pueda comercializar un producto. Las “marcas de calidad” seguirán existiendo, y es ahí donde se pueden buscar esos extras de calidad, al ofrecer dichas marcas un valor añadido sobre elmarcado CE. No obstante, el hecho de tener una marca de calidad no exime ni sustituye a la obligación de tener el marcado CE.
Según el RD deberán tener el marcado CE:
• aquellos productos de construcción que tengan incidencia sobre los requisitos esenciales (Anexo I del RD 1630/1992) de los edificios y las obras de ingeniería civil, que son: a) Resistencia mecánica y estabilidad. b) Seguridaden caso de incendio. c) Higiene, salud y medio ambiente. d) Seguridad de utilización. e) Protección contra el ruido. f) Ahorro de energía y aislamiento térmico.
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cualquier producto fabricado para su incorporación con carácter permanente a las obras.
Por el contrario no llevarán el Marcado CE:
• Los productos que sean considerados por la Comisión de las Comunidades Europeas como deescasa incidencia sobre los requisitos esenciales Los productos fabricados para una aplicación única y específica y no destinados a ser comercializados. Los productos fabricados en España para los que todavía no existan especificaciones técnicas.
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Resulta, por tanto, obligación del Director de la ejecución de la obra verificar si los productos que entran en la misma están afectados por elcumplimiento del sistema del marcado CE y, en caso de ser así, si se cumplen las condiciones establecidas para el mismo en las especificaciones técnicas publicadas. D) Productos con marcado CE: Verificación del sistema de marcado CE La verificación del marcado se puede resumir en los siguientes pasos: 1. Comprobar si el producto debe ostentar el marcado CE, en función a que se haya publicado enel BOE la norma de transposición de norma armonizada UNE-EN o la Guía DITE, en la que se determinan las especificaciones técnicas que debe cumplir el producto, que la fecha de aplicación haya entrado en vigor y que el periodo de coexistencia con la correspondiente norma nacional haya expirado. Esta comprobación se puede realizar en la página del Ministerio de Industria, en el apartado de“Legislación>Legislación sobre seguridad industrial>Directivas Comunitarias>Directiva Productos de construcción”: www.mityc.es. Las especificaciones técnicas que deben cumplir los productos se indican en:
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"Norma armonizada" (EN): Norma establecida por organismos europeos de normalización de acuerdo con mandatos conferidos por la Comisión de las Comunidades Europeas con arreglo a los...
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