Inmigración
Ricardo Yáñez Ojeda
INMIGRACIÓN: NECESIDAD Y DERECHO.
La UEMC analiza el miércoles 29 de octubre, a las 18:00h en el Salón de Grados, la inmigración desde las perspectivas humana y legal, en el marco de la IX Jornada de Criminología UEMC, que lleva por nombre "Necesidad y derecho".
En la mesa redonda van a participar:
RosaIsabel Hernández del Campo: Concejala de Bienestar Social y Familia del Ayuntamiento de Valladolid.
María Dolores Pérez Iribarne, Inspectora Jefe y Responsable de la unidad Central de Inmigración y Falsedades Documentales (UCRIF) de la Policía Nacional en Valladolid.
Guenther Eduardo Boelhoff Carbajo, Abogado de la Asociación Procomar Valladolid Acoge.
Lyudmil Lyubenov.
La vicerrectoraintrodujo la jornada explicando que vamos a analizar la inmigración utilizando una perspectiva humana desde distintos puntos de vista.
Muchos países tienen necesidades de todo tipo: culturales, económicas, derechos… carencias que buscan al venir aquí.
A continuación el coordinador siguió con la introducción leyendo una serie de artículos de la Ley Orgánica de Extranjería 4/2000 de 11 de enero, enconcreto el 2 bis y el 3.
Artículo 2 bis La política inmigratoria
1. Corresponde al Gobierno, de conformidad con lo previsto en el artículo 149.1.2 de la Constitución, la definición, planificación, regulación y desarrollo de la política de inmigración, sin perjuicio de las competencias que puedan ser asumidas por las Comunidades Autónomas y por las Entidades Locales.
2. Todas las AdministracionesPúblicas basarán el ejercicio de sus competencias vinculadas con la inmigración en el respeto a los siguientes principios:
a) La coordinación con las políticas definidas por la Unión Europea.
b) La ordenación de los flujos migratorios laborales, de acuerdo con las necesidades de la situación nacional del empleo.
c) La integración social de los inmigrantes mediante políticas transversales dirigidas atoda la ciudadanía.
d) La igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
e) La efectividad del principio de no discriminación y, consecuentemente, el reconocimiento de iguales derechos y obligaciones para todos aquellos que vivan o trabajen legalmente en España, en los términos previstos en la Ley.
f) La garantía del ejercicio de los derechos que la Constitución, los tratados internacionales y las leyesreconocen a todas las personas.
g) La lucha contra la inmigración irregular y la persecución del tráfico ilícito de personas.
h) La persecución de la trata de seres humanos.
i) La igualdad de trato en las condiciones laborales y de Seguridad Social.
j) La promoción del diálogo y la colaboración con los países de origen y tránsito de inmigración, mediante acuerdos marco dirigidos a ordenar demanera efectiva los flujos migratorios, así como a fomentar y coordinar las iniciativas de cooperación al desarrollo y codesarrollo.
3. El Estado garantizará el principio de solidaridad, consagrado en la Constitución, atendiendo a las especiales circunstancias de aquellos territorios en los que los flujos migratorios tengan una especial incidencia.
Artículo 3 Derechos de los extranjeros einterpretación de las normas
1. Los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la Constitución en los términos establecidos en los Tratados internacionales, en esta Ley y en las que regulen el ejercicio de cada uno de ellos. Como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en condiciones deigualdad con los españoles.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales de los extranjeros serán interpretadas de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias vigentes en España, sin que pueda alegarse la profesión de creencias religiosas o convicciones ideológicas o culturales de signo diverso para...
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