Insolvencia
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
DECRETO NÚMERO
2611
DE
"Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Código General del Proceso sobre los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante y se dictan otras disposiciones"
EL PRESIDEN"rE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y la Ley 1564 de 2012, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 91 de la Ley 446 de 1998, 'la formación de los conciliadores recae en las entidades avaladas para tal fin por el Ministerio de Justicia y del Derecho. Que de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 640 de 2001, "el GobiernoNacional expedirá el reglamento en el que se exijan requisitos que permitan acreditar idoneidad y experiencia de los concilíadores en el área en que vayan a actua;'. Que el 12 de julio de 2012 el Presidente de la República sancionó el Código General del Proceso, que a través del Título IV de la Sección Tercera del Libro Tercero otorga competencia a los conciliadores y a los notarios para conocer de losprocedimientos de negociación de deudas y convalidación de acuerdos privados de la persona natural no comerciante. Que el artículo 533 del Código General del Proceso defiere al reglamento la forma en que deben integrarse las listas de conciliadores de los centros de conciliación y de las Notarías, para conocer de los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante. Que elartículo 536 del Código General del Proceso establece como competencia del Gobierno Nacional, la fijación del marco tarifario que regirá en los Centros de Conciliación Remunerados yen las Notarías para los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante. Que el artículo 549 del Código General del Proceso establece como competencia del Gobierno Nacional, la reglamentación de lascondiciones para que el deudor persona natural no comerciante adquiera nuevos créditos durante los procedimientos de negociación de acuerdo de pagos y de convalidación de acuerdos privados.
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DECRETO NÚMERO
2611
DE
Continuación del Decreto "Por el clJal se reglamentan algunas disposiciones del Código General del Proceso sobre los procedimientos de insolvencia de la personanatural no comerciante y se dictan otras disposiciones" Hoja No. 2
DECRETA:
Capítulo I
Objeto y Definiciones
Artículo 1. Objeto. El presente decreto tiene por objeto reglamentar los requisitos con los que deben cumplir los operadores de la insolvencia para conocer de los procedimientos de negociación de deudas y convalidación de acuerdos privados de los que trata el Título IV de la SecciónTercera del Libro Tercero del Código General del Proceso, los requisitos que deben llenar las entidades que busquen obtener aval para formar conciliadores en insolvencia, las tarifas que pueden cobrarse por conocer de tales procedimientos, la forma de integrar las listas de conciliadores en insolvencia y liquidadores que actuarán en los procedimientos de insolvencia de la persona natural nocomerciante, el tratamiento de los bienes del deudor constituidos como patrimonio de familia inembargable o afectados a vivienda familiar en los procedimientos de insolvencia, y otras disposiciones referidas a la debida ejecución del referido Título. Artículo 2. Ámbito de aplicación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 576 del Código General del Proceso, las disposiciones relativas a losprocedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante contenidas en dicho estatuto y desarrolladas en el presente Decreto se aplicarán de manera preferente sobre cualquiera otra. En lo no previsto en el Título IV de la Sección Tercera del Libro Tercero del Código General del Proceso se aplicará lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil o las normas que lo adicionen, modifiquen o...
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