inspeccion y vigilancia de patetes
Artículo 1o. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene como objeto, como autoridad administrativa, la aplicación de la Ley de la Propiedad Industrial, la Ley Federal del Derecho de Autor, y demás disposiciones aplicables.Artículo 5o. Para el despacho de los asuntos competencia del Instituto, éste contará con las siguientes áreas administrativas:
I. Junta de Gobierno;
II. Dirección General;
III. Direcciones Generales Adjuntas de:
a) Propiedad Industrial, y
b) Los Servicios de Apoyo;
IV. Coordinaciones de:
a) Planeación Estratégica
b) Proyectos Especiales
V. Direcciones Divisionales ysus correspondientes Subdirecciones Divisionales y Coordinaciones Departamentales de:
a) Patentes
b) Marcas
c) Protección a la Propiedad Intelectual
i) Subdirección Divisional de Prevención de la Competencia Desleal;
- Coordinación Departamental de Infracciones y Delitos;
- Coordinación Departamental de Inspección y Vigilancia;
ii)Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial;
iii) Subdirección Divisional de Infracciones Administrativas en Materia de Comercio;
iv) Subdirección Divisional de Cumplimiento de Ejecutorias;
v) Subdirección Divisional de Marcas Notorias; Investigación; Control y Procesamiento de Documentos;
d) Sistemas y Tecnología de la Información
e) Promocióny Servicios de Información Tecnológica
f) Relaciones Internacionales
g) Oficinas Regionales
i) Titular de la Oficina Regional Occidente;
h) Administración
i) Asuntos Jurídicos
Artículo 18. Compete a la Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual:
III. Ordenar y practicar visitas de inspección; requerir información y datos; decretar medidasprovisionales y de aseguramiento de bienes; requerir fianza a los solicitantes de dichas medidas, así como realizar cualquier diligencia con el propósito de aplicar las disposiciones legales y administrativas en las materias de propiedad industrial y de derechos de autor.
Artículo 32.- A la Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual estarán adscritas las SubdireccionesDivisionales de Prevención de la Competencia Desleal; de Procesos de Propiedad Industrial; de Infracciones Administrativas en Materia de Comercio; de Cumplimiento de Ejecutorias, y de Marcas Notorias; Investigación; Control y Procesamiento de Documentos; las Coordinaciones Departamentales de Infracciones y Delitos; de Inspección y Vigilancia; de Nulidades; de Cancelación y Caducidad; de Visitasde Inspección de Infracciones en Materia de Comercio; de Resoluciones en Infracciones en Materia de Comercio; de Cumplimiento de Ejecutorias; de Recursos de Revisión; de Resoluciones de Marcas Notorias; de Procesamiento de Documentos, y de Inteligencia y vínculo con Autoridades Federales, de las Entidades Federativas y Municipales.
LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
TITULO SÉPTIMO
De laInspección, de las Infracciones y Sanciones Administrativas y de los Delitos
CAPITULO I
De la Inspección
ARTICULO 203.- Para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones derivadas de ella, el Instituto realizará la inspección y vigilancia, conforme a los siguientes procedimientos:
I.- Requerimiento de informes y datos, y
II.- Visitas de inspección.
ARTICULO204.- Toda persona tendrá obligación de proporcionar al Instituto, dentro del plazo de quince días, los informes y datos que se requieran por escrito, relacionados con el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley y demás disposiciones derivadas de ella.
ARTICULO 205.- Las visitas de inspección se practicarán en días y horas hábiles y únicamente por personal autorizado por el Instituto,...
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