Instalacion Electrica Parking Normativa
Eléctricas II.
INSTALACIONES
ELÉCTRICAS EN
PARKING
I DICE
• ITC-BT-04. DOCUME TACIÓ
Y PUESTA E
SERVICIO DE LAS I STALACIO ES.
• ITC-BT-05.VERIFICACIO ES E I SPECCIO ES.
• ITC-BT-29. PRESCRIPCIO ES PARTICULARES
PARA LAS I STALACIO ES ELÉCTRICAS DE LOS
LOCALES CO
RIESGO DE I CE DIO O
EXPLOSIÓ .
ITC-BT-04.
ITC
ITC-BT-04. DOCUMENTACIÓN Y PUESTA ENSERVICIO DE
INSTALACIONES.
LAS INSTALACIONES.
OBJETO.
OBJETO.
La presente Instrucción tiene por objeto desarrollar las
prescripciones del artículo 18 del Reglamento Electrotécnico para
Baja Tensión determinando la documentación técnica que deben
tener las instalaciones para ser legalmente puestas en servicio, así
como su tramitación ante el Órgano competente de la
Administración.Administración.
INSTALACIONES.
DOCUMENTACIÓN DE LAS INSTALACIONES.
Proyecto.
Proyecto.
Diseño.
Memoria Técnica de Diseño.
I STALACIO ES QUE PRECISA PROYECTO.
Grupo
Tipo de ins talación
Límite s
a
Las correspondientes a industrias, en general.
P>20 kW.
b
Las correspondientes a: locales húmedos, polvorientos o con riesgo de corrosión;
bombas de extracción o elevación deagua, sean industriales o no.
P>10 kW.
c
Las correspondientes a: locales mojados; generadores y convertidores;
conductores
c onductores aislados para caldeo, excluyendo las de viviendas.
P > 10 kW
d
Las correspondientes a: de carácter temporal para alimentación de maquinaria
de obras en construcción; de carácter temporal en locales o emplazamientos
abiertos.
P > 50 kW.
eLas de edificios destinados principalmente a viviendas, locales comerciales y
oficinas, que no tengan la consideración de locales de pública concurrencia, en
edificación vertical u horizontal.
P>100 kW por caja
gnral. de protección.
f
Las correspondientes a viviendas unifamiriales.
P>50 kW.
g
Las de garages que requieren ventilación forzada.
Cualquiera que sea suocupación.
h
Las de garages que disponen de ventilación natural.
De más de 5 plazas de
estacionamiento.
I STALACIO ES QUE PRECISA PROYECTO.
Grupo
Tipo de ins talación
Límite s
i
Las correspondientes a locales de pública concurrencia.
Sin límite.
j
Las correspondientes a: líneas de baja tensión con apoyos comunes con las de
alta tensión; máquinas de elevación ytransporte; las que utilicen tensiones
especiales; las destinadas a rótulos luminosos salvo que se consideren
instalaciones de Baja Tensión según lo establecido en la ITC-BT-44; cercas
eléctricas; redes aéreas o subtarráneas de distribución.
Sin límite de potencia.
k
Instalaciones de alumbrado exterior.
P > 5 kW.
l
Las correspondientes a locales con riesgo de incendio o explosión,excepto
garages.
Sin límite.
m
Las de quirófanos y salas de intervención.
Sin límite.
n
Las correspondientes a piscinas y fuentes.
P > 5 kW.
o
Todas aquellas que, no estando comprendidas en los grupos anteriores, determine
e l Ministerio de Ciencia y Tecnología, mediante la oportuna disposición.
Según corresponda.
PUESTA
PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES.
•El titular de la instalación deberá solicitar el suministro de energía
suministradora.
a la Empresa suministradora.
• La Empresa suministradora podrá realizar, a su cargo, las
oportunas.
verificaciones que considere oportunas.
• Se deberán de extender un Acta, en la que conste el resultado de
las comprobaciones, la cual deberá ser firmada igualmente por el
titular de la instalación.ITC-BTITC
ITC-BT-05.VERIFICACIONES E INSPECCIONES.
OBJETO.
OBJETO.
La presente Instrucción tiene por objeto desarrollar las previsiones
de los artículos 18 y 20 del Reglamento Electrotécnico para Baja
Tensión, en relación con las verificaciones previas a la puesta en
servicio e inspecciones de las instalaciones eléctricas incluidas en su
aplicación.
campo de aplicación.
VERIFICACIONES...
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