instituciones descentralizadas
El Decreto 101-96 del Congreso de la República, Ley Forestal, en su Artículo cinco,
determina la creación del Instituto Nacional de Bosques (INAB), el cual tiene lassiguientes
características: es una entidad de carácter estatal, autónoma, descentralizada, posee personalidad
jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa; en sí es el órgano dedirección y la
autoridad competente del Sector Público Agrícola, en materia forestal.
Fondo de Tierras
El Decreto 24-99 del Congreso de la República, Ley del Fondo de Tierras, en su
Artículo unocrea una entidad descentralizada del Estado, que tiene competencia y jurisdicción en
todo el territorio nacional para el cumplimiento de sus objetivos, y las atribuciones y funciones
que le asignasu propia ley; su domicilio está en el departamento de Guatemala, sede central en la
ciudad de Guatemala y puede establecer subsedes en cualquier otro lugar del país a la que
denomina Fondo deTierras. Además en el Artículo dos determina que dicha entidad tiene una
naturaleza pública, participativa y de servicio, instituida para facilitar el acceso a la tierra y
generar condiciones para eldesarrollo rural integral y sostenible, a través de proyectos
productivos, agropecuarios, forestales e hidrobiológicos.
Instituto Guatemalteco de Turismo
El Artículo dos del Decreto 1701 delCongreso de la República, Ley Orgánica del
Instituto Guatemalteco de Turismo, crea al ente denominado Instituto Guatemalteco de Turismo,
(INGUAT), el cual tiene su domicilio en la ciudad deGuatemala y con jurisdicción en toda la
República, y el Artículo tres la determina como una entidad estatal descentralizada, con
personalidad jurídica que puede adquirir derechos, contraer obligacionesy poseer su propio
patrimonio.
Instituto de Fomento Municipal
Mediante el Decreto 1132 del Congreso de la República, Ley orgánica del instituto de
fomento municipal, se creó el Instituto de...
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