Instructivo F-572
Se pueden incluir los siguientes familiares: • • • • Cónyuge (no concubinato). El importe mensual a deducires de $666,66Hijos, hijastros, menores de 24 años de edad. El importe mensual a deducir es de $333,33Hijos, hijastros incapacitados para el trabajo sin límite de edad. El importe mensual a deducir esde $333,33.Padres, padrastros, abuelos, bisabuelos, nietos, bisnietos, hermanos, suegros, yerno o nuera. El importe mensual a deducir es de $250.-
Los mismos se deducen completando todos los datosconsignados en el Rubro 1 del Formulario F-572. Importante: éstas deducciones sólo las puede efectuar el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles. 2) OTRAS DEDUCCIONES • Cuotas o abonos ainstituciones que presten coberturas médico asistencial, correspondientes al beneficiario y a las personas que revisten para el mismo el carácter de cargas de familia. Dicho importe no puede exceder el5% de la ganancia neta acumulada al mes que se liquida. Se debe consignar en el F-572 la denominación, CUIT y domicilio de la entidad prestadora y el importe mensual que se abona. (Rubro 3 incisoa).Primas de seguro para el caso de muerte, del que el empleado sea asegurado, hasta el tope anual de $996,23. Se debe consignar en el F-572 la denominación, CUIT, domicilio de la entidad aseguradora yel importe mensual que se abona.- (Rubro 3 inciso b).Aportes individuales a los planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la S.S.N. y planes o fondos dejubilaciones de las mutuales inscriptas y autorizadas por el I.N.A.E.S hasta el límite de $ 1.261,16 por año.- Consignar denominación, CUIT y domicilio de la entidad con la que se contrató el seguro de...
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