instrumento
Dirección de Etnias
República de Colombia
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LEGISLACIÓN Y CONCEPTOS
AMBIENTALES
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Ministerio del Interior y de Justicia
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LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Convenio 169 de la OIT – Ley 21 de 1991-
Artículo 7:
Los gobiernos deberán velar porque, siempre quehaya lugar, se efectúen estudios, en cooperación con
los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia
social, espiritual y cultural sobre el medio ambiente
que las actividades de desarrollo previstas puedan
tener sobre estos pueblos.
Los resultados de estos estudios deberán ser
considerados criterios fundamentales para la
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ejecución de las actividades mencionadas.
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LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Convenio 169 de la OIT – Ley 21 de 1991Artículo 15:
Los derechos de los pueblos (indígenas) interesados
a los recursos naturales existentes en sus tierras
deberán protegerse especialmente.
Estos derechos comprenden el derecho de esos
pueblos a participar en lautilización, administración y
conservación de esos recursos.
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LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Convenio 169 de la OIT – Ley 21 de 1991Artículo 15:
En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de
los minerales o recursos del subsuelo o tenga derecho
sobre otros recursos existentes en lastierras, los
gobiernos
deberán
establecer
o
mantener
procedimientos con miras a consultar a los pueblos
interesados, a fin de determinar si los intereses de
esos pueblos serían perjudicados y en qué medida,
antes de emprender o autorizar cualquier programa de
prospección explotación de los recursos existentes en
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sus tierras.
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LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Ley 99 de 1993, destinada a orientar la política ambiental del país.
TITULO I, Artículo 1, Principios Generales Ambientales
El proceso de desarrollo económico y social del país
se orientará según los principios universales y del
desarrollo sostenible contenidos en la Declaración de
Río de Janeiro de junio de 1992sobre Medio
Ambiente y Desarrollo.
Las políticas tendrán en cuenta el derecho de los
seres humanos a una vida saludable y productiva en
armonía con la naturaleza.
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LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Ley 99 de 1993, destinada a orientar la política ambiental del país.
TITULO II, Artículo 3,Concepto de Desarrollo Sostenible
Se entiende por desarrollo sostenible el que
conduzca al crecimiento económico, a la elevación de
la calidad de vida y al bienestar social, sin agotar a la
base de recursos naturales renovables en que se
sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho
de las generaciones futuras a utilizarlos para la
satisfacción de sus propias sus necesidades.
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LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Ley 99 de 1993, destinada a orientar la política ambiental del país.
TITULO II, Artículo 5, Funciones del Ministerio del Medio Ambiente
Evaluar los estudios ambientales y expedir, negar o
suspender la licencia ambiental correspondiente, en
los casos queseñalan en el título VIII (de las licencias
ambientales) de la presente Ley.
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LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Ley 99 de 1993, destinada a orientar la política ambiental del país.
TITULO VIII, Artículo 49, De la Obligatoriedad de la Licencia Ambiental
La ejecución de obras, el...
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