Insumision y allanamiento laboral
Deacuerdo al diccionario de la real academia de la lengua española lo define como:
Insumisión. 1. f. Falta de sumisión.
*Sumisión.** **4.* f_ Der._ Acto por el cual alguien se somete a otra jurisdicción, renunciando o perdiendo su domicilio y fuero.
A lo que corresponde dentro del marco juridico mexicano donde se protege constitucionalmente laestabilidad en el empleo; la misma Constitucion establece su excepción en la fracción XXI, apartado A del artículo 123, a lo que le corresponde la constitucion de la figura de la insumisión al arbitraje. A lo que se podria defenir como la opcion con la ue cuenta el patrón para optar por la no reinstalación del trabajador a cambio de una indemnización especial, de conformidad con el artículo 947 de la LeyFederal del Trabajo.
La insumisión al arbitraje solamente puede hacerse ejercer cuando la controversia sea entre el patron y un trabajdor, y que no concurra en los supuestos del artículo 49 de la LFT. Lo cual son los casos en los que no es posible restablecer la relación patrón-trabajador exitosamente.
Aunque en la practica procesal para hacer valer esta figura no está definido, porquela ley no lo ha determinado con exactitud y la jurisprudencia tampoco es precisa al respecto, normalmente se ha presentado como un incidente de previo especial pronuciamiento deacerdo al artículo 762 de la LFT. El cual se suspendera el procedimeinto ordinario, a lo que diga la resolucion del incidente que si resultare procedente, corresponde la indemnización del trabajador, si no fuese procedente,entonces se continuara con el arbitraje ordinario. La que esta caracteristica del incidente nos dice q la insumision sera de manera plena y nunca parcialmente.
Registro No. 173003
Localización: Novena Época, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXV, Marzo de 2007, Página: 1693, Tesis: XIX.1o.12 Tesis Aislada Materia(s): laboralINSUMISIÓN AL ARBITRAJE. EL ESCRITO MEDIANTE EL CUAL EL PATRÓN PRETENDE DESISTIRSE DE AQUÉLLA DEBE TRAMITARSE INCIDENTALMENTE Y DARSE A CONOCER AL TRABAJADOR ANTES DE QUE LA JUNTA SE PRONUNCIE AL RESPECTO.
Cuando la insumisión al arbitraje se plantee en la etapa de conciliación de la audiencia trifásica, debe tramitarse vía incidental en términos del artículo 763 de la Ley Federal delTrabajo, a fin de que las partes tengan, en igualdad de circunstancias, oportunidad de ofrecer pruebas y alegar respecto a si el patrón, de conformidad con el numeral 49 de la aludida legislación, puede o no quedar eximido de la obligación de reinstalar al trabajador, es decir, según se pruebe o no que el trabajador es de confianza, del servicio doméstico, eventual, con una antigüedad menor de un año,o bien, cuando por las características de las funciones que desempeña no sea posible el desarrollo normal de la relación laboral. Ahora bien, en el supuesto de que el patrón no pueda quedar eximido de reinstalar al trabajador la consecuencia es que continúe el arbitraje. Por ello, el escrito por medio del cual el patrón se desiste de la insumisión al arbitraje, si bien no está previstoexpresamente como una causa por la que no prospere la insumisión, se trata de una hipótesis que, de resultar procedente, llevaría a darlo por concluido y seguir con el arbitraje. En este sentido, la misma razón que subyace para abrir ese incidente opera en el supuesto de que el patrón pretenda desistirse, pues con ello introduce una hipótesis análoga sobre la que debe abrirse el debate, dado que puedeconducir a concluir con el incidente y proseguir con el arbitraje; y, en tal virtud, para preservar el equilibrio procesal de las partes en el proceso, conforme al artículo 2o. de la Ley Federal del Trabajo debe darse a conocer al trabajador antes de que la Junta se pronuncie al respecto, con el fin de brindarle la posibilidad de controvertir la procedencia del desistimiento a la insumisión al...
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