INTEGRACION DEL TITULO VALOR
Integración del Título Valor
El artículo 10º de la Ley, admite, que un título se haya emitido en forma
incompleta puede ser completado posteriormente, conformes a losacuerdos
adoptados entre los obligados; sin embargo, la inobservancia de los convenios
no puede ser opuesto al poseedor. a menos que éste hubiese adquirido el
documento de mala fe. La Ley ampara alobligado a contradecir el contenido del
titulo si luego de emitirse incompleto, ha sido completado en forma contraria a
los acuerdos adoptados, para cuyo efecto deberá acompañar necesariamente elrespectivo documento donde consten acuerdos transgredidos.
La Nueva Ley, protege al obligado de un titulo valor emitido en forma
incompleta, señalando que quien emite o acepta un titulo valorincompleto, tiene
el derecho de obtener una copia del mismo y no puede ser impedido de agregar
en el documento, cláusula que limite su transferencia. En tal caso, salvo que se
trate del cheque, sutransferencia surtirá los efectos de la cesión de derechos
(Art. 10.2).
SOLIDARIDAD
CAMBIARIA
Los que giren, acepten, endosen, o garanticen títulos valores quedan
obligados solidariamente frente altenedor. Por la solidaridad se faculta al
tenedor del documento a accionar contra dichas personas individual o
conjuntamente, sin tener que observar el orden en que se hubiese obligado.
Lasolidaridad pasiva entre todos los obligados opera aunque uno de ellos
haya tomado una posición autónoma en cuanto a la asunción de su obligación.
La excepción a la solidaridad la otorga la Ley cuandopermite pactar en contrario
de la solidaridad, o en el caso de inaplicabilidad de este carácter obligacional
por disposición legal expresa.
Las acciones sustantivas cambiarias son la directa y la deregreso y se
faculta (art. 11º) el ejercicio en forma acumulativa de ambas acciones. El
tenedor puede accionar contra los obligados, individual o conjuntamente, sin
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tener que observar el...
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