Interdictos De Obra Nueva y Vieja
DE LOS INTERDICTOS PROHIBITIVOS
Al igual que ocurre con el interdicto restitutorio, se ha discutido si los interdictos calificados como prohibitivos son casos típicos de acciones posesorias. La enumeración de los requisitos fundamentales del los interdictos de obra nueva o de daño temido está contenida en los artículos 785 y 786 CCV, que establecen textualmente:
Artículo 785 CCVQuien tenga razón para temer que una obra nueva emprendida por otro, sea en su propio suelo, sea en suelo ajeno, cause perjuicio a un inmueble, a un derecho real o a otro objeto poseído por él, puede denunciar al Juez la obra nueva, con tal que no esté terminada y de que no haya transcurrido un año desde su principio.
El Juez, previo conocimiento sumario del hecho, y sin audiencia de la otraparte, puede prohibir la continuación de la nueva obra o permitirla, ordenando las precauciones oportunas; en el primer caso, para asegurar el resarcimiento del daño producido por la suspensión de la obra, si la oposición a su continuación resultare infundada por la sentencia definitiva; y en el segundo caso, para la demolición o reducción de la obra y para el resarcimiento de los daños que puedansobrevenir al denunciante, si éste obtiene sentencia definitiva favorable, no obstante el permiso de continuar la obra.
Artículo 786 CCV
Quien tuviere motivo racional para temer que un edificio, un árbol o cualquiera otro objeto amenace con daño próximo un predio u otro objeto poseído por él, tendrá derecho de denunciarlo al Juez y de obtener, según las circunstancias, que se tomen lasmedidas conducentes a evitar el peligro, o que se intime al interesado la obligación de dar caución por los daños posibles.
FASES DEL INTERDICTO DE OBRA NUEVA
En el interdicto de obra nueva están presentes dos fases: la sumaria, en la que el juez sólo se pronunciará sobre la continuación de la obra emprendida, y el juicio ordinario. Se ha destacado el carácter de decisión interlocutoria deaquella decisión que ordena continuar el procedimiento por los trámites del juicio ordinario, tal como pauta el artículo 716 del CPC. Acudir al juicio ordinario sería entonces potestativo para el querellante que no puede impedir la continuación de la obra o una acción necesaria, para el querellado a quien le suspenden la obra.
En virtud de la denuncia de obra nueva, pueden presentarse fallos dediversa naturaleza con distintas consecuencias jurídicas:
• El juez prohíbe la continuación de la obra nueva. Habilitado el querellado para apelar, la misma se oirá en un solo efecto.
• El juez permite la continuación de la obra nueva y, por la especial situación procesal, la apelación del querellante se oye en ambos efectos.
• Una vez prohibida la continuación de la obra nueva, en formatotal o parcial, el querellado solicita al tribunal autorización para continuarla. El tribunal accede y dicta las medidas cautelares previstas en el artículo 715 CPC.
• Como consecuencia de la anterior situación, cualquier reclamación entre las partes se ventilará por el procedimiento ordinario. La demanda está sujeta a un plazo de caducidad de un año computado desde la fecha de terminaciónde la obra nueva o dentro del año siguiente al decreto que hubiere ordenado la suspensión total o parcial de la obra.
Sobre la naturaleza de las decisiones planteadas, específicamente la que confirma la prohibición de continuar la obra nueva emprendida, el criterio pacífico y permanente de la Casación ha sido considerarla como una sentencia definitiva que causa ejecutoria y pone fin en lainstancia a la fase sumaria del juicio interdictal prohibitivo.
Se dan entonces dos situaciones procesales en este tipo de acción: la fase sumaria del interdicto, referida a la suspensión o continuación de la obra emprendida; y el juicio ordinario definido como potestativo, en el supuesto de que se permita la continuación de la obra, o necesario para el querellado, cuando se resuelva la suspensión...
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