Interesante
del Inicio de la Revolución”.
PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
DELEGACIÓN ESTATAL CHIAPAS.
AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, ADSCRITO AL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO.
SECCION: AMPAROS.
PEDIMENTO: 92/2010.
AMPARO INDIRECTO: 712/2010-II.
QUEJOSO: ROBERTO DE JESUS RUIZ BERMUDEZ.
ACTORECLAMADO: ORDEN DE APREHENSION.
AUTORIDAD RESPONSABLE: C. JUEZ SEGUNDO DEL RAMO PENAL DEL DISTRITO DE TUXTLA GUTIERREZ Y OTRAS.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 08 de julio de 2010.
LIC. DANIEL SANCHEZ MONTALVO.
JUEZ SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIAPAS.
CON RESIDENCIA EN TUXTLA GUTIERREZ.
P R E S E N T E.
LICENCIADA ROSARIO IVETT PEREZ NAVARRETE, Agente del Ministerio Público de laFederación adscrito a este H. Juzgado a su digno cargo, designado por el C. Procurador General de la República, para intervenir en el presente juicio de garantías, conforme a lo dispuesto por los artículos 107, fracción XV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, fracción IV, de la Ley de Amparo; 3 y 4, fracción II, inciso a), de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de laRepública, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Visto el estado procesal que guarda el presente juicio de garantías, y toda vez que fueron señaladas las ONCE HORAS, del NUEVE DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, para la celebración de la AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 155, de la Ley de Amparo, formulo PEDIMENTO previo los siguientes:ANTECEDENTES
Mediante acuerdo de fecha veintiocho de mayo de dos mil diez, este H. Juzgado ADMITIÓ LA DEMANDA DE GARANTÍAS interpuesta por ROBERTO DE JESUS RUIZ BERMUDEZ, en la cual solicita el Amparo y Protección de la Justicia Federal, señalando como autoridad responsable ordenadora, al C. JUEZ SEGUNDO DEL RAMO PENAL DEL DISTRITO DE TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS, y como ejecutoras, al C. DIRECTORGENERAL DE LA POLICIA ESPECIALIZADA Y OTRAS, dándose la intervención que en derecho corresponde a ésta Representación Social de la Federación.
ACTO RECLAMADO
“El quejoso reclama de la autoridad responsable ordenadora, “…reclamo la ORDEN DE APREHENSION dictada en mi contra fuera de todo procedimiento judicial; Y de las autoridades ejecutoras reclamo el cumplimiento que pretenden dar a dicha ORDENDE APREHENSION.”
GARANTÍAS VIOLADAS
El quejoso manifiesta que se violan en su perjuicio las garantías individuales violadas en los artículos 1, 11, 14, 16 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CERTEZA DEL ACTO RECLAMADO
Ésta Representación Social de la Federación, considera que se debe decretar el SOBRESEIMIENTO en el presente juicio de garantías, respectode las autoridades responsables, los CC. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO PENAL, DEL DISTRITO DE TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS Y JEFE DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA CONTRA EL DELITO DE SECUESTRO, en términos de lo establecido en el artículo 74 fracción IV, de la Ley de Amparo.
Lo anterior, en virtud de que de las constancias probatorias que obran en autos, se desprendeque las autoridades referidas, NO ESTÁN EJECUTANDO EL ACTO RECLAMADO QUE SE LES ATRIBUYE, esto es, no dieron nacimiento al acto de autoridad que se les reclama, por lo cual, su Señoría no puede declarar la constitucionalidad o inconstitucionalidad, por INEXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.
Sirve de sustento, la tesis del Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, publicada en el SemanarioJudicial de la Federación, Octava Época. Tomo IX, Abril de 1992. Pág. 639., cuyo rubro y texto son:
“SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO POR INEXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO. Si la autoridad responsable no tiene dentro de sus funciones la de ejecutar el acto reclamado, aun cuando aparezca probado, debe estimarse que no existen los actos de ejecución reclamados de aquélla y en consecuencia procede el...
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