interesante
Se emplea cuando la libertad física o de locomoción es objeto de molestias, obstáculos, perturbaciones o incomodidades que, en los hechos, configuran una seria restricción para su cabal ejercicio. Es decir que, en tales casos, pese a no privarse de la libertad al sujeto, ‘se la limita en menor grado’. Entre otros supuestos, cabe mencionar la prohibición de acceso ocirculación a determinados lugares; los seguimientos perturbatorios carentes de fundamento legal y/o provenientes de órdenes dictadas por autoridades incompetentes; las reiteradas e injustificadas citaciones policiales; las continuas retenciones por control migratorio o la vigilancia domiciliaria arbitraria o injustificada, etc.”. Entonces, dado que el objeto del hábeas corpus restringido consisteen atender no aquellos supuestos en los cuales el derecho a la libertad personal es afectado totalmente, sino que procede en aquellos casos en los cuales existe una restricción menor en la libertad física de la persona, se convierte en el instrumento idóneo para tutelar el derecho fundamental a la libertad de tránsito…”
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
EXP. N.° 5994-2005-PHC/T LIMACentro de Orientación Familiar (COFAM)
Ernesto Yamaguchi Okuyama representante
CONTRA
Alcalde de la Municipalidad Distrital La Molina
José Luis Dibós Vargas Prada
ANTECEDENTES:
La presente causa trata de la construcción de un cerco perimétrico denominado Ecológico para plantas ornaméntales como enredaderas, en fecha 16 de abril de 2005 se habían iniciado obras para la instalación de dichocerco ubicado el medio de la calle BUCARAMANGA y a lo largo de esta ocasionando la libre transitabilidad de los ciudadanos y en especial de los peatones siendo que esta calle ya se encontraba cercada por rejas que cuentan con puertas a los extremos empezando del colegio ALPAMAYO hasta un bien inmueble de tres pisos de color blanco el cual de por sí estaría restringiendo la libretransitabilidad.
Se realizan varias diligencias de inspección ocular por juez quien constata de que si existían las rejas de extremo a extremo como también la construcción de muros divisorios y el colocado de postes ocasionando que los ciudadanos y estudiantes transiten por vías inadecuadas a su seguridad vulnerándose el derecho al libre tránsito.
Presentada la demanda al juzgado octavo en lo penal el27 de mayo de 2005 se declara fundada la demanda solo en parte, por considerar que es razonable restringir el libre tránsito de los conductores a favor de los estudiantes y peatones siendo que en horas de la entrada y salida de clases existía un grave congestionamiento vehicular, pero no así para los estudiantes ya que tienen que transitar por otras vías afectando su libre transitabilidad.Esta resolución es apelada y se la declara infundada porque el cerco de rejas fue colocado en 1998 por un acuerdo firmado en Acta por los vecinos residentes de la urbanización de Santa Patricia
Es puesto en conocimiento del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL en el que se constituye la DEFENSORIA DEL PUEBLO en calidad de AMICUS CURIAE , considera de que deben evaluarse los alcances del mecanismo de seguridadimplementado por la Municipalidad, que a su juicio y conforma a las razones que precisa este es inadecuado, carente de necesidad , irrazonable y desproporcionado.
FUNDAMENTACION
Petitorio
El objeto del presente proceso constitucional es que se ordene a la Municipalidad Distrital de La Molina la paralización de las obras así como la demolición de los avances que se hayan hecho para instalar uncerco perimétrico denominado “ecológico”, así como de cualquier otro elemento que obstaculice el libre tránsito en la calle Bucaramanga, colindante entre los distritos de Ate y la Molina, por considerar que se viene vulnerando la libertad de tránsito de los ciudadanos.
Hábeas corpus de naturaleza restringida
En el caso de autos lo que se cuestiona directamente tiene que ver con restricciones a...
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