Intereses moratorios
Los intereses moratorios se comportan como una cláusula penal, queestima los perjuicios sufridos por el acreedor, sin que deban ser justificados; en caso de atraso del deudor.
Se deben desde el vencimiento de laobligación. Para que no exista usura la suma de ambos intereses (compensatorios y punitorios) según la jurisprudencia argentina no debe superar el 24 % anual.Muchas veces son tan altas las tasas convenidas en verdaderos contratos de adhesión donde el deudor saca préstamos a tasas excesivas, que paga mucho menos enjuicio que si refinanciara la deuda con el acreedor. Los intereses moratorios se aplican siempre, pues son una sanción. Si no están previstoscontractualmente y no los impone la ley, serán fijados por el juez (art. 623 primer párrafo del Código Civil argentino). Esto a diferencia de los compensatorios que seabonan solamente, si se han pactado, o hay una norma que los establece.
La AFIP, por ejemplo, fija los intereses moratorios en un 3 % mensual, y se cobrana partir de la presentación de la demanda.
Según un fallo plenario de la Cámara Civil de la Capital, de diciembre de 1958, en caso de delitos ycuasidelitos corren los intereses desde que se produjo el perjuicio para la víctima. Si los intereses son pactados se rigen según la voluntad de las partes.
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