Intermediacion financiera
Resolución S.B.S.
Nº 089-98
El Superintendente de Banca y Seguros
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 10 de diciembre de 1996, entró en vigencia la Ley General de Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley No. 26702, en adelante Ley General;Que, es necesario emitir disposiciones que regulen las cuentas corrientes de acuerdo a los requerimientos de la Ley General;
Que, de acuerdo al artículo 228º de la Ley General, esta Superintendencia debe establecer los términos para que las empresas del sistema financiero cierren las cuentas corrientes de quienes registren elrechazo de cheques por falta de fondos;
Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones contenidas en los incisos 7 y 9 del artículo 349º de la Ley General.
RESUELVE:
Artículo Primero: Aprobar elReglamento de Cuentas Corrientes que es parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo: Dejar sin efecto la Circular B-1750-86 del 01 de setiembre de 1986. La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍNNARANJO LANDERER
Superintendente de Banca y Seguros
REGLAMENTO DE CUENTAS
CORRIENTES
CAPÍTULO I
APERTURA DE CUENTAS CORRIENTES
1. NATURALEZA DE CUENTAS CORRIENTES
Las cuentas corrientes deben ser nominativas. Las empresas del sistema financiero autorizadas a recibir depósitos a la vista, en adelante las empresas, no pueden abrir cuentas anónimas, ni con nombresficticios, inexactos o exclusivamente con códigos.
2. REQUISITOS PARA LA APERTURA DE CUENTAS CORRIENTES
Las personas que deseen abrir una cuenta corriente en las empresas deben cumplir los siguientes requisitos:
2.1 Cuando se trate de personas naturales:
2.1.1 Copia del documento de identidad oficial. La copia deberá ser confrontada con el original de dicho documento;2.1.2 Referencia de dos (2) personas naturales o jurídicas a satisfacción de la empresa sobre la idoneidad moral y económica del solicitante. Se podrá prescindir de la exigencia de este requisito cuando el solicitante, a juicio de la empresa y bajo su responsabilidad, reúna dichas condiciones;
2.1.3 Documento que, a criterio de la empresa, acredite un nivel de ingresossuficiente para mantener una cuenta corriente; y,
2.1.4 Tener domicilio perfectamente individualizado y determinado en el país.
2.2 Cuando se trate de personas jurídicas:
2.2.1 Documentos que acrediten la constitución e inscripción en los Registros Públicos;
2.2.2 Referencia de dos (2) personas naturales o jurídicas a satisfacción de la empresa sobre laidoneidad moral y económica del solicitante y de su representante autorizado para operar cuentas corrientes. Se podrá prescindir de la exigencia de este requisito cuando éstos, a juicio de la empresa y bajo su responsabilidad, reúnan dichas condiciones;
2.2.3 Documento que, a criterio de la empresa, acredite un nivel de ingresos de la persona jurídica suficiente para mantener una cuentacorriente;
2.2.4 Copia certificada del poder de sus representantes autorizados para operar con cuentas corrientes, donde se incluya sus facultades;
2.2.5 Número del Registro Único de Contribuyente (RUC) de la persona jurídica;
2.2.6 Copia del documento de identidad oficial de los representantes del solicitante que estén facultados para operar la cuenta...
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