Internacional Privado

Páginas: 7 (1576 palabras) Publicado: 26 de febrero de 2013
Derecho Internacional Privado Fuentes de DIPr.


DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Cátedra: Esc. Eduardo A. Clariá, Dr. Francisco Zubarán.
Autora: Dra. Marta Graciela Noemí Gago.

FUENTE CONVENCIONAL - TRATADOS.

Art. 27, 31, 75 inc. 22 y 24 de CN. Art 27 Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados.


LA JURISPRUDENCIA DE LA CSJN.Hasta el caso “Ekmekdjian” esas normas de la CN. dejaron a la interpretación judicial aspectos importantes como la jerarquía entre los tipos de normas que son “Ley Suprema de la Nación”: Constitución, Leyes y Tratados. Art. 31 CN.

A partir de 1963 la CSJN. Desde el caso “Martín y Cía. Ltda. c/Adminidtración Gral. De Puertos” y “Esso” determinó que ni el Art. 31 ni el Art.100 (hoy Arts. 116 y117) de la CN atribuyen superioridad a los Tratados respecto a las Leyes del Congreso. Leyes y Tratados son igualmente calificados como “Ley Suprema de la Nación” y NO existe fundamento normativo para acordar prioridad de rango a ninguno.
En el caso “Martín y Cía. Ltda.” Estableció que un decreto (el 6575/58) era modificatorio del Tratado firmado con Brasil sobre Comercio y Navegación en 1940,que fue ratificado por ley 12.688.
Así a pesar de las críticas doctrinarias que generó tal fallo la Corte reiteró igual criterio en el caso “Esso”.
El principio aplicable al conflicto entre norma de Tratado y Ley del Congreso era “leges posteriores priores abrogan”t (ley posterior deroga a la anterior). Solución llamada “last time in doctrine” fue adoptada por la Corte de EE.UU.Constitución Nacional

Leyes Tratados




Nuestra Corte en su interpretación tradicional otorgaba igual jerarquía a los Tratados y las Leyes y establecía que en sus relaciones resultaba aplicable la regla según la cual la norma posterior deroga a la anterior. Así lo sostuvo la CSJN, alestimar que ninguna norma constitucional atribuye rango jerárquico superior a los tratados sobre las leyes de la Nación “Esso Petrolera SA.)

A partir de caso “Ekmekdjian c/ Sofovich y otros”, la relación jerárquica entre Ley y Tratado enfrentó a la doctrina y la jurisprudencia.
Derecho Internacional Privado Fuentes de DIPr.

En el casoEkmekjian c/ Sofovich y otros - 7 de julio de 1992.
La Corte sostuvo que los Tratados una vez aprobados y ratificados son directamente operativos y “…que ya no es exacta la proposición según la cual no existe fundamento normativo para acordar prioridad al Tratado frente a la Ley”.

Sin embargo, en un fallo posterior:
“Fibraza Constructora SCA. c/ Comisión Técnica Mixta Salto Grande” – 7 de julio de1993.
La Corte hizo necesaria una salvedad, toda vez que la expresión “cualquier norma interna”, comprendía obviamente a la Constitución..
Estableció que la conclusión antes expuesta NO invalidaba el principio de Prioridad del sistema de Derechos y Garantías de la CN. sobre el derecho internacional.
Por eso al reiterar la doctrina del caso Ekmekdjian aclaró que los Tratados tendrían primacíasobre el derecho interno “una vez asegurados los principios de derecho público constitucionales”. (Art. 27 CN)
Esta apreciación se ajusta a los Arts. 27 y 31 de la CN. pero desde el punto de vista exterior es una violación a la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados que determinará eventualmente una responsabilidad internacional de nuestro país. BARBOSA

LA REFORMA DE LA CN DE 1994.A partir del caso Ekmekdjian la Corte cambia su jurisprudencia tradicional, cuestión que se refleja en el nuevo Art. 75, inc. 22 (antes 67, inc 19)

La reforma de 1994 receptó estos principios jurisprudenciales y creó un orden de prelación donde:

Algunos Tratados tienen jerarquía Superior a la Ley, pero inferior a la CN.
Constitución Nacional...
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