Interpretación Del Artículo 192 De La Lotttt
Artículo 192. Los patronos y las patronas pagarán al trabajador o a la trabajadora en la oportunidad de sus vacaciones, además del salario correspondiente,una bonificación especial para su disfrute equivalente a un mínimo de quince días de salario normal más un día por cada año de servicios hasta un total de treinta días de salario normal. Este bonovacacional tiene carácter salarial.
Desde el día 7 de mayo del presente año, fecha en la cual fue publicada la reforma parcial de la LOT para convertirla en LOTTT, se han suscitados diversos criterioen la interpretación de la aplicación de sus principales modificaciones, entre otras lo referido al bono vacacional, en ese sentido expongo mi criterio como especialista en la materia.
(A) Para todoslos trabajadores y trabajadoras con menos de un años de haber ingresado a la entidad de trabajo para la fecha de entrada en vigencia de la LOTTT, y lo que ingresen posteriormente, su cuenta de bonovacacional arranca en 15 días de salario normal más un día por cada año de servicios después del primer año, hasta completar un total de 30 días de salario normal, es decir a los 16 años de serviciosdebe tener acumulado 30 días de bono vacacional.
(B) Para aquellos trabajadores y trabajadoras con más de dos años de antigüedad para la fecha de entrada en vigencia de la LOTTT, es decir lo que yatenían días adicionales acumulados, cualquiera fuere la antigüedad se le pagarán 15 días de bono vacacional como lo establece el artículo 192 y además se le sumarán los días adicionales que trae deconformidad con el artículo 223 de la ley anterior, sólo los días adicionales.
(C) Para aquellos trabajadores y trabajadoras que para la fecha de entrada en vigencia de la LOTTT ya tenían acumulados21 días de bono vacacional, tope máximo de acuerdo al artículo 223 de la Ley del Trabajo anterior, se le ajustará al máximo de 30 días que dispone el artículo 192 de la LOTTT.
Abogado...
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