INTERVENCION ECONOMICA Y RESOLUCION DE CONTRATO DE OBRA
RESOLUCIÓN DE CONTRATO
Organismo Supervisor de
las Contrataciones
del Estado
Intervención Económica de Obra
Es facultativa de la Entidad y procede a
solicitud de parte o de oficio y que medien
razones de orden técnico o económico.
Por caso fortuito, fuerza mayor o por
incumplimiento de obligaciones “que a su
juicio” no permitanterminación.
El contratista sigue siendo responsable.
Intervención por incumplimiento conlleva
pérdida de reconocimiento de mayores
gastos generales, indemnización o cualquier
otro reclamo si es por incumplimiento del
contratista.
Rechazo a intervención conlleva resolución
de contrato.
Casos Reglados para Intervenir
No presentación de calendario de
avance de obra acelerado(Art. 205
Reglamento)
Cuando el monto de la valorización
acumulada es menor al 80% del
monto acumulado programado del
nuevo calendario (Art. 205
Reglamento)
Si vencido el 50% del plazo, no se da
inicio a subsanación de observaciones
(Art. 210 Reglamento)
Directiva N° 001-2003-CONSUCODE/PRE
Efectuar requerimiento previo, se
formaliza por resolución, se suscribe
cláusula adicional
Se abre cuenta corriente
mancomunada.
Los fondos están constituidos por:
Adeudos de la entidad al contratista
Los que provengan de valorizaciones
posteriores
Aportes en dinero del contratista según
cronograma pactado
Directiva N° 001-2003-CONSUCODE/PRE
La Resolución debe contener:
Saldo de obra a ejecutar
Monto de valorizaciones aprobadaspendientes de pago
Se resuelve el contrato si:
Contratista rechaza intervención
Contratista incumple obligaciones técnicas
Contratista incumple aporte de dinero
pactado
Contratista retira personal, materiales o
equipo
Resolución de Contrato
Resolución por incumplimiento de
obligaciones
Es un derecho de ambos contratantes
Requiere de intimación previa (15días)
notarial, salvo máxima penalidad por mora o
cuando incumplimiento no pueda ser
revertido
La resolución requiere nueva carta notarial
en la que debe fijarse si es parcial o total, y
fecha y hora de constatación física e
inventario con Notario
Resolución de Contrato
(Arts. 40 y 44 de la Ley)
Incumplimiento de entidad debe
ser de obligaciones esenciales
Paralización o reduccióninjustificada de ejecución es causal
de resolución
Otras causas de Resolución
Incumplimiento de la entidad de las
condiciones de inicio de obra (art. 184)
Obras adicionales mayores al 50% del
monto del contrato original (art. 208)
Caso fortuito o fuerza mayor que
imposibiliten de manera definitiva
continuación (art. 44)
Hecho sobreviniente siempre que seencuentre previsto en el contrato con
sujeción a la ley (art. 167)
Consecuencias de Resolución
Por causa imputable al contratista
Penalidades por mora y ejecución de garantía
de fiel cumplimiento y de diferencial de
propuesta
Por causa imputable a la entidad
-50% de la utilidad prevista calculada sobre el
saldo de obra que se deja de ejecutar actualizada
por fórmulapolinómica
En ambos casos
Indemnización por daños y perjuicios irrogados
Gastos incurridos en la tramitación de la
resolución
RECEPCIÓN DE
OBRA
Organismo Supervisor de
las Contrataciones
del Estado
Recepción de Obra
Es un acto formal, sujeto a los
procedimientos y plazos de la normativa, por
el cual la entidad recibe los trabajos objeto
del contrato de obra, previaverificación del
cumplimiento de lo establecido en los planos
y especificaciones técnicas así como de
efectuadas las pruebas necesarias para
comprobar el funcionamiento de las
instalaciones y equipos.
La recepción supone para la entidad asumir la
responsabilidad de la obra, salvo condiciones
específicas pactadas.
Recepción de obra
2
1
Solicitud
de
recepción
3
Designaci
ón...
Regístrate para leer el documento completo.