intoxicacion
El IVA es un impuesto indirecto; no es percibido por el fisco directamente del tributario sino por el vendedor en el momento de toda transaccióncomercial (transferencia de bienes o prestación de servicios). Los vendedores intermediarios tienen el derecho a reembolsarse el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo abonar el saldo al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVAsin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la contabilidad en una empresa.
Elementos del Impuesto al Valor Agregado
1.- Sujeto:
(Art. 1)
Personas físicas y Morales que: Enajenen bienes,
Presten servicios independientes, Otorguen el uso o goce temporal de bienes,z Importen bienes y servicios.
2.- Objeto:
(Art. 1 f. I a la IV)
El IVA grava al consumo que se causa al momento de adquirir algún bien o servicio debiéndose pagar adicional al precio del bien o servicio adquirido. Existen diversas.
3.- Base por:
Enajenen bienes:
Se considerará como valor el precio o la contraprestación pactados, asícomo las cantidades que además se carguen ocobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.
Presten servicios independientes:
Se considerará como valor el total de la contraprestación pactada, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien reciba el servicio por otros impuestos, derechos, viáticos, gastos de toda clase, reembolsosintereses normales o moratorios, penas convencionales y cualquier otro concepto.
Tratándose de personas morales que presten servicios preponderantemente a sus miembros, socios o asociados, los pagos que éstos efectúen, incluyendo aportaciones al capital para absorber pérdidas, se considerarán como valor para efecto del cálculo del impuesto.
En elcaso de mutuo y otras operaciones definanciamiento, se considerará como valor los intereses y toda otra contraprestación distinta del principal que reciba al acreedor.
Otorguen el uso o goce temporal de bienes:
Se considerará el valor de la contraprestación pactada a favor de quien los otorga, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien se otorgue el uso o goce por otros impuestos, derechos, gastos de mantenimiento,construcciones, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.
bienes:
Se considerará el valor de la contraprestación pactada a favor de quien los otorga, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien se otorgue el uso o goce por otros impuestos, derechos, gastos de mantenimiento, construcciones, reembolsos, intereses normales omoratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.
Importen bienes y servicios.
Tratándose de importación de bienes tangibles, se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último gravamen y del monto de las demás contribuciones y aprovechamientos que se tengan que pagar con motivo de la importación.Tratándose de bienes que se destinen a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de recinto fiscalizado estratégico, se considerará el valor en aduana...
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