Introduccion
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
CAPITULO I
DE LA INFRACCIÓN ADUANERA
Artículo 188º.- Principio de Legalidad
Para que un hecho sea calificado como infracción aduanera, debe estar previsto en la forma que establecen las leyes, previamente a su realización. No procede aplicar sanciones por interpretación extensiva de la norma.
Artículo 189º.- Determinación de lainfracción
La infracción será determinada en forma objetiva y podrá ser sancionada administrativamente con multas, comiso de mercancías, suspensión, cancelación o inhabilitación para ejercer actividades.
La Administración Aduanera aplicará las sanciones por la comisión de infracciones, de acuerdo con las Tablas que se aprobarán por Decreto Supremo.
Artículo 190º.- Aplicación de lassanciones
Las sanciones aplicables a las infracciones del presente Decreto Legislativo son aquellas vigentes a la fecha en que se cometió la infracción o cuando no sea posible establecerla, las vigentes a la fecha en que la Administración Aduanera detectó la infracción.
Artículo 191º.- Errores no sancionables
Los errores en las declaraciones o los relacionados con el cumplimiento de otrasformalidades aduaneras que no tengan incidencia en los tributos y/o recargos, no son sancionables en los siguientes casos:
a) Error de trascripción: Es el que se origina por el incorrecto traslado de información de una fuente fidedigna a una declaración o a cualquier otro documento relacionado con el cumplimiento de formalidades aduaneras, siendo posible de determinar de la simpleobservación de los documentos fuente pertinentes;
b) Error de codificación: Es el que se produce por la incorrecta consignación de los códigos aprobados por la autoridad aduanera en la declaración aduanera de mercancías o cualquier otro documento relacionado con el cumplimiento de formalidades aduaneras, siendo posible de determinar de la simple observación de los documentos fuente pertinentes.
Artículo 192º.- Infracciones sancionables con multa
Cometen infracciones sancionables con multa:
a) Los operadores del comercio exterior, según corresponda, cuando:
1.- No comuniquen a la Administración Aduanera el nombramiento y la revocación del representante legal y de los auxiliares dentro del plazo establecido;
2.- Violen las medidas de seguridad colocadas o verificadaspor la autoridad aduanera, o permitan su violación, sin perjuicio de la denuncia de corresponder;
3.- No presten la logística necesaria, impidan u obstaculicen la realización de las labores de reconocimiento, inspección o fiscalización dispuestas por la autoridad aduanera, así como el acceso a sus sistemas informáticos;
4.- No cumplan con los plazos establecidos por la autoridad aduanera paraefectuar el reembarque, tránsito aduanero, transbordo de las mercancías, rancho de nave o provisiones de a bordo, a que se refiere el presente Decreto Legislativo;
5.- No proporcionen, exhiban o entreguen información o documentación requerida, dentro del plazo establecido legalmente u otorgado por la autoridad aduanera;
6.- No comparezcan ante la autoridad aduanera cuando sean requeridos;7.- No lleven los libros, registros o documentos aduaneros exigidos o los lleven desactualizados, incompletos, o sin cumplir con las formalidades establecidas.
b) Los despachadores de aduana, cuando:
1.- La documentación aduanera presentada a la Administración Aduanera contenga datos de identificación que no correspondan a los del dueño, consignatario o consignante de la mercancía queautorizó su despacho o de su representante;
2.- Destine la mercancía sin contar con los documentos exigibles según el régimen aduanero, o que éstos no se encuentren vigentes o carezcan de los requisitos legales;
3.- Formulen declaración incorrecta o proporcionen información incompleta de las mercancías, en los casos que no guarde conformidad con los documentos presentados para el despacho,...
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