Investigacion Documental
El derecho hispánico
1. Observaciones generales
La primera era una civilización neolítica, en su aspecto jurídico de carácter predominantemente azteca. La segunda, la civilización hispánica, quien fusiono en su derecho restos de postulados romanos, germánicos, normas canónicas. Debemos ahora describir el sistema jurídico hispánico en tiempo de la conquista.
2. El derechoLos autóctonos continuaban practicando sus costumbres, así en las ciudades comenzaba a aplicarse un derecho romano muy sofisticado, más bien vulgar.
España durante el cuarto siglo, la religión cristiana, y luego se convirtió en la religión oficial, cuando menos su influencia en materia de familia, la península hispánica quedo al arbitrario de los invasores germánicos. Desde Eurico comenzaron acomportarse como una nación autónoma.
Desde luego, llevaron consigo sus propias costumbres jurídicas. Este primitivo derecho visigótico fue pronto codificado en el Código de Euriciano.
Entro en vigencia la gran compilación justinianea.
Desde la capital visigótica, Toledo, y con fuerte influencia eclesiástica, en varios concilios se elaboró un derecho español territorial en sustitución delBreviario y del Codex Euricianus. El resultado de esta acción fue el Fuero Juzgo.
También encontramos allí, las relaciones de enemistad oficial entre sippe y sippe, que nacieron de ciertos delitos; relaciones que dieron derecho a la venganza de la sangre. Otros rasgos interesantes son la extensión de la “paz del rey” a ciertos aspectos de la vida pública, incurriendo en la ira del rey y la “privaciónde la paz” el que la violara. Otros los “cojugadores” las ordalías; la prenda extrajudicial, tomada por una persona que consideraba violados sus derechos, para obligar al violador a que compareciera ante la justicia.
El debilitamiento del poder islámico durante los últimos decenios del primer milenio motivaron aquel importante movimiento que llamamos le reconquista (a menudo no más que unarepoblación de tierras de nadie) y que termina en 1492.
Un primer producto jurídico de la reconquista es el Fuero viejo de Castilla, obra antipáticamente favorable a los nuevos influyentes: los guerreros.
Surgió el sistema de los diversos derechos-forales (cartas pueblas y fueros municipales). Estos propios sistemas jurídicos-forales- eran, a veces, producto de una concesión del rey, o del señor.3. El derecho español desde el siglo XII hasta el comienzo del siglo XIX
El derecho romano tuvo que imponerse al tradicionalismo de los campesinos y delas clases feudales; encontró cierto apoyo en su frecuente alianza con el derecho canónico, y como la iglesia acepto el derecho romano como derecho supletorio, esta alianza de los “dos derecho” logro cambiar el tono de sistema jurídico español dela baja Edad Media
Las obras jurídicas de Alonso el Sabio comprenden dos ramas: la legislación positiva y las consideraciones moralistas y filosóficas acerca del derecho. A la primera pertenece el Fuero real, destinado a regir en las tierras directamente dependientes de la corona.
A la segunda pertenecen el Speculum y el Septenario (que solo conocemos en forma incompleta). Una combinación deambas ramas se encuentra en la obra jurídica de Alonso X que más influencia ha tenido: las siete partidas en la que predomina el derecho romano.
Estas fueron propuestas originalmente como una legislación modelo en la que los juristas y legisladores españoles podrían inspirarse para sus innovaciones o interpretaciones, pero un siglo después, bajo el régimen del bisnieto de Alonso el Sabio,alcanzaron oficialmente en Casilla la categoría de derecho supletorio. Estas partidas contienen una versión popularizada de normas romanistas, en mezcla con figuras de inspiración visigótica feudal y canónica.
Otras importantes obras legislativas hispánicas de la Edad Media eran el ordenamiento de Alcalá de Henares (1348).
Otro sector importante en el complejo panorama jurídico de la España medieval...
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