Investigacion Participativa
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Fundación Misión Sucre
San Antonio del Golfo. Edo. Sucre
Taller Sobre: “Artículos 102 y109 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”
Facilitadora:
Lcda. Juana Sánchez
Realizado por:
Natera, Gleyerlin C.I. Nº. 20.994.619
Sánchez, Luis E. C.I. Nº. 11.378.208Velásquez, Lenys C.I. Nº. 11.382.459
Velásquez, Nirelvys C.I. Nº. 20.994.489
San Antonio del Golfo, 14 de Marzo de 2012.
Artículo 102:
Laeducación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, ycomo instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes delpensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en laparticipación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El Estado,con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución y en la ley.
Análisis:
La educaciónes un derecho y a la vez es un deber, en nuestro país se considera democrática porque llega a todos por igual, gratuita y obligatoria, es función del Estado velar porque así se cumpla en todos losniveles y modalidades. La educación respete las corrientes del pensamiento para desarrollar el potencial y la creatividad de cada persona y así promover la transformación social, tener conocimiento...
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