investigacion
ACUERDO
DE 2005
(Acta 02 de 2005 del 15 de febrero)
“Por el cual se modifican parcialmente el Acuerdo 101 de 1977 del Consejo Superior
Universitario –Reglamento Estudiantil– y el Acuerdo 031 de 1992 del Consejo
Académico y se deroga el Acuerdo 046 de 1998 del Consejo Superior Universitario”
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
en desarrollo del principio de autonomía universitariaconsagrado en el artículo 69 de la Constitución
Política y en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y, en especial, de las previstas en el
Acuerdo 013 de 1999 del Consejo Superior Universitario, y
CONSIDERANDO:
1.
Que el Acuerdo 101 de 1977 del Consejo Superior Universitario, en los artículos
54, 56, 57 y 58 especifica como uno de los requisitos de grado la elaboración
deun trabajo de grado y estipula disposiciones para su presentación y
aprobación.
2.
Que el Consejo Académico en el Acuerdo 031 de 1992 y el Consejo Superior
Universitario en el artículo 2 del Acuerdo 046 de 1998, reglamentan el trabajo
de grado como una asignatura del plan de estudios.
3.
Que se hace necesario garantizar en el reglamento estudiantil que el trabajo de
grado seaconsiderado como una asignatura del plan de estudios, y así
simplificar y unificar su reglamentación.
4.
Que se hace necesario aclarar y reglamentar la expedición de certificados a
estudiantes activos y egresados de la Universidad.
5.
Que en su sesión 11 de 2004, realizada el 3 y 4 de noviembre, el Consejo
Académico emitió concepto previo favorable a la modificación estatutaria.
6.Que en sesión 15 de 2.004 el Representante Profesoral leyó comunicación del
Comité Nacional de Representantes Profesorales en la que se ofrece concepto
previo al proyecto de modificación estatutaria.
7.
Que el Consejo Superior Universitario aprobó en primera vuelta el proyecto de
modificación estatutaria en su sesión 017 de 2004, realizada el 14 de
Diciembre.
Consejo SuperiorUniversitario
Acuerdo 001 de 2005
página 2
ACUERDA:
ARTÍCULO 1.
Modificar el Artículo 54 del Acuerdo 101 de 1977 del Consejo
Superior Universitario, el cual quedará así:
“Artículo 54. Son requisitos para optar a un título o grado profesional
de la Universidad Nacional de Colombia los siguientes:
a. Haber aprobado la totalidad de las asignaturas contenidas en el
plan de estudios.
Seconsidera cumplido este requisito cuando el estudiante haya
obtenido nota aprobatoria en las asignaturas básicas y de
profundización contenidas en el plan de estudios de la respectiva
carrera, y cumplido con el número mínimo de asignaturas
establecidas para el núcleo flexible. Esto significa que aquellos
estudiantes que perdieron asignaturas electivas o de contexto
podrán graduarse siempre ycuando hayan aprobado el número de
asignaturas de esta tipología exigidas en el plan de estudios.
b. Demostrar suficiencia en una lengua extranjera, con énfasis en
comprensión de lectura, de acuerdo con las pruebas establecidas
por la Universidad.
El requisito contenido en este literal sólo será exigible, en los
términos previstos en el Acuerdo 023 de 2001 del Consejo
Superior Universitario,a los estudiantes que ingresaron a partir del
segundo semestre de 2002 a las sedes de Manizales y de
Medellín, y a partir del primer semestre de 2003 para los
estudiantes de las demás sedes.
Parágrafo. Para el Programa Curricular de pregrado en Derecho
también será requisito de grado el Examen Preparatorio”.
ARTÍCULO 2.
El trabajo de grado en sus diferentes modalidades, según loestablecido en el Artículo 1 del Acuerdo 31 de 1992 del Consejo
Académico, o su equivalente en aquellos planes de estudio en los
cuales exista, será una asignatura teórico–práctica del plan de
estudios de la respectiva carrera y tendrá calificación numérica.
PARÁGRAFO. Los Consejos de Facultad podrán reglamentar sobre un segundo
evaluador, el número máximo de palabras y los trabajos en grupo de...
Regístrate para leer el documento completo.