investigaciones penales
Es la base sobre la cual descansa toda la estructura del delito. Si no hay acción humana, si no hay conducta, no hay delito.
Una de las principales funciones del concepto de acción es servir de límite o filtro para seleccionar previamente las acciones que pueden ser relevantes para el Derecho penal, este ha experimentado una evolución en la que se han entremezclado puntos devista filosóficos, político-criminales y dogmáticos.
Concepto causal de acción:
Según von Liszt y Beling fundadores del "sistema clásico del delito". Definen la acción como:
Von Liszt define la acción como la producción, reconducible a una voluntad humana, de una modificación en el mundo exterior.
Sin embargo, para la modificación causal del mundo exterior debía bastar cualquierefecto en el mismo, por mínimo que sea. Debido a la imposibilidad del concepto señalado de explicar la omisión.
Del mismo modo, fórmula una segunda descripción, diciendo que acción es conducta voluntaria hacia el mundo exterior; más exactamente: modificación, es decir, causación o no evitación de una modificación (de un resultado) del mundo exterior mediante una conducta voluntaria.Beling sostiene que existe acción si objetivamente alguien ha emprendido cualquier movimiento o no movimiento, a lo que subjetivamente ha de añadirse la comprobación de que en ese movimiento corporal o en esa falta de movimiento animaba una voluntad.
En conclusión, el concepto de Beling consiste en que la acción debe afirmarse siempre que concurra una conducta humana llevada por la voluntad, conindependencia de en qué consista esa voluntad (es decir, no considera dentro de su concepto el contenido de la voluntad).
Tipicidad
Esta definición se le da al encuadramiento de la conducta humana al tipo penal (el tipo). Así cuando la ley describe el homicidio diciendo "el que matare a otro", la conducta típica está dada por el hecho concreto de matar a otro.
Es por ello, En eltipo se incluyen todas las características de la acción prohibida que fundamenten positivamente su antijuricidad. Pero no siempre se pueden deducir directamente del tipo estas características y hay que dejar al juez la tarea de buscar las características que faltan. Ello se debe a la dificultad de plasmar legalmente tales características en el tipo legal.
Se dice que debe constar de formaespecífica y detalladamente, en virtud que en algunos países que adoptan un derecho penal moderno, no es aplicable la analogía, por lo tanto, la conducta debe ser específicamente detallada. De la orientación teleológico funcionalista del Derecho penal fundamentada en la prevención general positiva se extraen importantes consecuencias para toda la Teoría General del delito. Consecuencias que a partirde la norma primaria considerada como norma de conducta (Verhaltensnorm) y de la subsiguiente introducción de la evitabilidad en el concepto de la acción supone la revisión de conceptos tradicionales e incluso de toda la estructura del concepto de delito, pero conservando todavía los elementos tradicionales de aquél, a saber, tipicidad, antijuridicidad (o tipo de injusto) y culpabilidad. Y cuandose intenta romper con dicha estructura no acaba de configurarse algo realmente distinto, sino más bien un aglomerado en el que elementos propios de la culpabilidad vuelven a formar parte del concepto de acción que tiende a engullir la tipicidad y la antijuridicidad -para volver a un concepto de delito sintético como la acción culpable-.
Pero quizá el mayor mérito de la obra de ROXIN y de la teoríade la imputación objetiva sea el haberse mostrado sensible a una realidad social nueva y haber intentado definir conceptos que permitan describirla correctamente en el seno del Derecho penal y del concepto dogmático del delito. En nuestra sociedad actual, efectivamente, surgen nuevas situaciones que exigen respuestas cada vez más valorativas y normativizada (jurídicas, convencionales). El...
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