investigaciones
El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución N° NAC-DGERCGC12-00835, publicada en Segundo Suplemento del Registro Oficial 857 del 26de diciembre de 2012 (Tax News 172), publicó los nuevos valores de la tabla de impuesto a la renta (IR) de personas naturales y sucesiones indivisas, entre ellos, la fracción básica desgravada (FBD),la cual deberá ser considerada como base de cálculo para la deducción de gastos personales durante el ejercicio fiscal 2013.
A continuación recordamos los parámetros establecidos para la deducciónde gastos de personales:
• Las personas naturales podrán deducirse sus gastos personales, sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge o conviviente e hijos menores de edad o con discapacidad, que noperciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente.
• La deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente y en ningúncaso será mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción básica desgravada de IR de personas naturales.
Adicionalmente, los contribuyentes no podrán exceder la FBD de IR en los siguientes gastos yparámetros:
Este documento nos fue remitido por nuestro socio PWC Asesores Empresariales. Para mayor información puede comunicarse con: Pablo Aguirre (pablo.aguirre@ec.pwc.com) o RodrigoHerrera (rodrigo.herrera@ec.pwc.com) en la ciudad de Quito y Janina Chasi (janina.chasi@ec.pwc.com) en Guayaquil.
Gastos personales
Anexo Gastos Personales
De acuerdo a la ResoluciónNAC-DGERCGC11-00432 deben presentar la información relativa a los gastos personales, correspondientes al año inmediato anterior, las personas naturales que en dicho período superen en sus gastos personales el 50%de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo declarado.
Las personas naturales podrán deducirse sus gastos personales, sin IVA ni ICE, así como los de...
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