investigaciones
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Merida, 3 de Junio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000397
ASUNTO : LP01-P-2003-000397
AUTO DE SOBRESEIMIENTO
Por cuanto enesta misma fecha (03 de junio de 2004), se realizó audiencia especial solicitada por la Defensa del ciudadano CESAR ALFONSO MORENO RAMÍREZ, a los fines de verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas al ciudadano CESAR ALFONSO MORENO RAMÍREZ, a quien este Tribunal de Control en fecha 18 de junio de 2003, concedió la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de UN AÑO, contado apartir de esa fecha, con la obligación de presentarse una vez al mes por ante la Coordinación Zonal N° 01 de Tratamiento no Institucional, procediendo el Tribunal en esta fecha, a declarar el sobreseimiento de la causa, corresponde fundamentar tal decisión, lo cual se hace de la manera siguiente:
PRIMERO: Los hechos que motivaron la apertura del presente proceso, se suscitaron en fecha 29 de marzode 2001, cuando se constituyeron los ciudadanos TSU LANYER ELIGIO VIVAS GARCÍA Y MADELYS MARÍN HERNÁNDEZ, Prefecto Civil y Secretaria de la Prefectura del Municipio Zea del Estado Mérida, a los fines de presenciar y autorizar el matrimonio civil de los ciudadanos CESAR ALFONSO MORENO RAMÍREZ e YMELDA ZULAY MORENO VIVAS, procediendo a la celebración del referido matrimonio.
Ahora bien, en fecha30 de junio de 1995, los ciudadanos CESAR ALFONSO MORENO RAMÍREZ y ZULAY CRUZADO SILVA, contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura de la Parroquia Eloy Paredes del Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida.
Al percatarse de esta situación, el Comandante de la 22 Brigada de Infantería y Guarnición del Estado Mérida, GRAL. DE BRIGADA (EJ), WILME ANTONIO MORENO, emite oficio alFiscal Superior del Estado Mérida, poniéndole en conocimiento de esta situación, a los fines de que se iniciara la averiguación penal correspondiente.
SEGUNDO: La Defensa, representada pro el Abogado ASDRUBAL GIL CONTRERAS, consignó ante este Tribunal en fecha 26 de mayo del presente año, un escrito mediante el cual solicitaba se fijara una audiencia especial a los fines de se otorgara a sudefendido el sobreseimiento de la causa, en virtud de que faltaban pocos días para el cumplimiento del plazo por el que se acordó la Suspensión Condicional del Proceso y éste necesita viajar a la República de Cuba con la finalidad de realizarse tratamiento especial debido a que padece de cáncer, el cual se encuentra en etapa avanzada.
TERCERO: La Fiscalía del Ministerio Público, representada por elAbg. LUIS ALBERTO MOLINA ESTRADA, manifestó en la audiencia realizada, que no tenía ninguna objeción que hacer a la petición de la defensa por cuanto el ciudadano CESAR ALFONSO MORENO RAMÍREZ, ha cumplido a cabalidad con las condiciones que le fueron impuestas, faltan muy pocos días para el cumplimiento del plazo que le fuera acordado y por razones humanitarias se adhería a la petición de laDefensa, para que este ciudadano pudiera viajar a Cuba a la realización de su tratamiento.
CUARTO: Considera quien aquí decide que la razón por la cual solicita la Defensa el sobreseimiento de la causa es una causa plenamente justificada tratándose de un caso en el cual está de por medio la salud de un ser humano, derecho éste consagrado en nuestra Constitución Nacional. Más aún, cuando faltanapenas quince (15) DÍAS para el cumplimiento del lapso por el cual se otorgó la Suspensión Condicional del Proceso.
El artículo 83 de nuestra Constitución señala: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el...
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