Investigación Mixta
BENEFICIOS Y SUBROGADOS PENALES EN DELITOS DE TERRORISMO, SECUESTRO, EXTORSION Y CONEXOS-Exclusión
BENEFICIOS Y SUBROGADOS PENALES EN DELITOS DE TERRORISMO, SECUESTRO, EXTORSION Y CONEXOS-Vigencia y sus relaciones con los dos sistemas procesales existentes según la Corte Suprema de Justicia
TERRORISMO-Tratamiento en la jurisprudencia constitucional
LIBERTAD DECONFIGURACION LEGISLATIVA EN POLITICA CRIMINAL-Límites
EXCLUSION DE BENEFICIOS Y SUBROGADOS PENALES EN DELITOS DE TERRORISMO, SECUESTRO, EXTORSION Y CONEXOS-Competencia del legislador
CONCESION DE BENEFICIOS PENALES-Precedente jurisprudencial/CONCESION DE BENEFICIOS PENALES-Criterios
Con base en los precedentes jurisprudenciales se tiene que en materia de concesión de beneficios penales,(i) el legislador cuenta con amplio margen de configuración normativa, en tanto que es una manifestación de su competencia para fijar la política criminal del Estado; (ii) con todo, la concesión o negación de beneficios penales no puede desconocer el derecho a la igualdad; (iii) se ajustan, prima facie, a la Constitución medidas legislativas mediante las cuales se restringe la concesión debeneficios penales en casos de delitos considerados particularmente graves para la sociedad; (iv) el Estado colombiano ha asumido compromisos internacionales en materia de combate contra el terrorismo, razón de más para que el legislador limite la concesión de beneficios penales en la materia
PRINCIPIO DE UNIDAD DE MATERIA-Finalidad/ PROYECTO DE LEY-Exigibilidad de unidad de materia
DEMANDA DEINCONSTITUCIONALIDAD POR VULNERACION DEL PRINCIPIO DE UNIDAD DE MATERIA-Carga argumentativa/DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD POR VULNERACION DEL PRINCIPIO DE UNIDAD DE MATERIA-Requisitos
Esta Corporación también ha señalado de manera reiterada que cuando formula una acusación por vulneración de la unidad de materia, corresponde al demandante demostrar (i) cual es el contenido material o temático dela ley concernida; (ii) cuáles son las disposiciones de dicha ley que no guardan relación de conexidad con dicha materia; (iii) las razones por las cuales considera que las normas señaladas no guardan relación con el tema de la ley y, por lo mismo, lesionan el artículo 158 de la Carta. Sólo si el actor satisface esta carga podrá la Corte examinar los cargos formulados por la supuesta trasgresióndel artículo 158 constitucional
LEGISLADOR-Amplio margen de configuración normativa al momento de conceder o negar determinados beneficios o subrogados penales
La Corte precisa que el legislador goza de un amplio margen de configuración normativa al momento de diseñar el proceso penal, y por ende, de conceder o negar determinados beneficios o subrogados penales. Lo anterior por cuanto noexisten criterios objetivos que le permitan al juez constitucional determinar qué comportamiento delictual merece un tratamiento punitivo, o incluso penitenciario, más severo que otro, decisión que, en un Estado Social y Democrático de Derecho, pertenece al legislador quien, atendiendo a consideraciones ético-políticas y de oportunidad, determinará las penas a imponer y la manera de ejecutarlas. Enefecto, el legislador puede establecer, merced a un amplio margen de configuración, sobre cuáles delitos permite qué tipo de beneficios penales y sobre cuáles no. Dentro de esos criterios, los más importantes son: (i) el análisis de la gravedad del delito y (ii) la naturaleza propia del diseño de las políticas criminales, cuyo sentido incluye razones políticas de las cuales no puede apropiarse eljuez constitucional.
LEY-Núcleo temático para determinar si viola o no el principio de unidad de materia
Resulta fundamental determinar el núcleo temático de una ley pues es ese núcleo el que permite inferir si una disposición cualquiera vulnera o no el principio de unidad de materia. En ese sentido resultan valiosos elementos como el contenido de la exposición de motivos en cuanto...
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